Conoce las facultades y competencias de la Dirección Ejecutiva de Administración, mismas que se encuentran previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el Reglamento Interior del Instituto.
Artículo 59 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE)
- Aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto.
- Organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales en el Instituto.
- Formular el anteproyecto anual del presupuesto del Instituto.
- Establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales.
- Elaborar el proyecto de manual de organización y el catálogo de cargos y puestos de la rama administrativa del Instituto y someterlo para su aprobación a la Junta General Ejecutiva.
- Proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto y someter a consideración de la Junta General Ejecutiva los programas de capacitación permanente o especial y los procedimientos para la promoción y estímulo del personal administrativo.
- Presentar a la Junta General Ejecutiva, previo acuerdo con el Director Ejecutivo del Servicio Profesional Electoral Nacional, los procedimientos de selección, capacitación y promoción que permitan al personal de la rama administrativa aspirar a su incorporación al Servicio Profesional Electoral Nacional.
- Atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.
- Presentar al Consejo General, por conducto del Secretario Ejecutivo, un informe anual respecto del ejercicio presupuestal del Instituto.
- Acordar con el Secretario Ejecutivo los asuntos de su competencia.
Artículo 50 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
- Presentar al Secretario Ejecutivo para su aprobación, las políticas y normas generales para el ejercicio y control del presupuesto;
- Establecer y aplicar las políticas generales, criterios técnicos y lineamientos a que se sujetarán los programas de administración de personal; recursos materiales y servicios generales; recursos financieros y de organización del Instituto;
- Dirigir y supervisar la elaboración de los documentos normativo-administrativos necesarios para el desarrollo de las funciones del Instituto, sometiéndolos a la aprobación de la Junta;
- Elaborar el proyecto de manual de organización y el catálogo de cargos y puestos de la rama administrativa del Instituto y someterlo para su aprobación a la Junta General Ejecutiva;
- Proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto;
- Organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros, así como la administración del personal del Instituto;
- Dirigir y coordinar la elaboración del anteproyecto de Presupuesto del Instituto y presentarlo para su revisión al Secretario Ejecutivo;
- Aplicar las políticas y Lineamientos definidos por la Secretaria Ejecutiva para la evaluación de resultados en los programas de administración de los recursos materiales y financieros, de organización y administración del personal;
- Establecer los programas de capacitación permanente y especial y procedimientos para la promoción y estímulo del personal administrativo sometiéndolos a la consideración de la Junta. Entre las temáticas de los programas de capacitación se deberán incluir aquellas relacionadas con la prevención, atención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género, e igualdad sustantiva, con el apoyo de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y con la opinión especializada de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación;
- Coadyuvar con la Unidad Técnica de Género y No Discriminación en la implementación del Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual o laboral;
- Definir e implementar, previo acuerdo con el Director Ejecutivo del Servicio Profesional Electoral Nacional, los procedimientos de selección, capacitación y promoción que permitan al personal de la rama administrativa aspirar a su ingreso al Servicio Profesional Electoral Nacional en el sistema del Instituto, en los términos que establezca el Estatuto;
- Remitir al Secretario Ejecutivo un informe anual respecto del ejercicio presupuestal del Instituto;
- En su caso, informar a la Comisión Temporal de la materia sobre el ejercicio del presupuesto, así como del estado que guarda;
- De conformidad con las disposiciones aplicables, expedir los nombramientos de los servidores públicos de la rama administrativa, así como los gafetes e identificaciones de los servidores del Instituto;
- Administrar, operar y mantener los sistemas informáticos relacionados con la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, en coordinación con la Unidad Técnica de Servicios de Informática y conforme a la normatividad aplicable en la materia;
- Proponer y aplicar las políticas y Lineamientos de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que se determinen en conjunto con la Secretaría Ejecutiva en el marco de las disposiciones Constitucionales y legales aplicables;
- Derogado;
- Desarrollar y dirigir los programas, sistemas y mecanismos en materia de seguridad y protección civil en el Instituto;
- Guardar y custodiar los expedientes únicos de personal del Instituto Nacional Electoral y de los prestadores de servicios, adscritos a Órganos Centrales;
- Llevar a cabo las gestiones necesarias, a fin de atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto, para el cumplimiento de sus atribuciones en los supuestos relativos a la atracción o asunción en cuanto a las elecciones locales y/o consultas populares;
- Recibir el pago de las multas impuestas en las resoluciones dictadas en los procedimientos ordinarios y especiales sancionadores, y efectuar los trámites correspondientes a fin de remitir los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones
económicas al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral; - Coordinar la actualización y revisión del Directorio Institucional;
- Informar semestralmente a la Junta sobre las medidas tomadas o por realizar para el cuidado del medio ambiente, y
- Coordinar la aplicación de las políticas, normas y procedimientos para dotar a las unidades responsables del Instituto, de los recursos materiales y servicios generales que requieran para el desarrollo de sus atribuciones;
- Coordinar la aplicación de las políticas, normas y procedimientos para dotar a las Unidades Responsables del Instituto, de los recursos de arrendamiento, mantenimiento, obras y conservación de inmuebles que requieran para el desarrollo de sus
atribuciones; - Promover la modernización administrativa en el Instituto;
- Integrar, coordinar y administrar la cartera institucional de proyectos;
- Proponer y administrar las metodologías de innovación en el Instituto;
- Coordinar las actividades de las unidades responsables del Instituto en materia de control interno;
- Dirigir las actividades de las unidades responsables en el Instituto a efecto de implementar un modelo de gestión por procesos, en acuerdo con las autoridades del Instituto;
- Intervenir en la elaboración de los contratos que celebre el Instituto con prestadores de servicios sujetos a la legislación civil, en coordinación con la Dirección Jurídica.