Procedimiento para el reintegro o retención de los remanentes no ejercidos del financiamiento público para actividades ordinarias, especificas o gastos de campaña para el ámbito federal, aplicable para el ejercicio dos mil dieciocho y posteriores.
Los partidos políticos y en su caso los candidatos independientes, deberán devolver al Instituto Nacional Electoral o al Organismo Público Local, el monto total del financiamiento público para actividades ordinarias, específicas o gastos de campaña que hubieran recibido y que no utilizaron o no comprobaron en el ejercicio fiscal o Proceso Electoral correspondiente, aplicable para el ejercicio dos mil dieciocho y posteriores.
El reintegro de los recursos para actividades ordinarias y/o específicas no utilizados o no comprobados deberá realizarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a que hubiera quedado firme el Dictamen y la resolución correspondiente; y dentro de los 5 días hábiles posteriores, los relativos a gastos de campaña.
En caso de no cumplir con la obligación descrita en el párrafo anterior, el Consejo General del INE o del Organismo Público Local correspondiente, iniciará el procedimiento atinente con la finalidad de hacer exigible la devolución.
Artículo 222 Bis del Reglamento de Fiscalización
PROCEDIMIENTO DE REINTEGROS FEDERALES
Dictamen. La Unidad Técnica de Fiscalización presenta el remanente a reintegrar en el Dictamen consolidado de la campaña electoral y la resolución respectiva.
Una vez aprobados el Dictamen Consolidado y la Resolución, los sujetos obligados (Partidos Políticos Nacionales y Candidatos Independientes Federales) deberán depositar o transferir dicho monto a la cuenta del INE, dentro de los 10 días hábiles posteriores a que hubiera quedado firme el Dictamen y la resolución correspondiente; y dentro de los 5 días hábiles posteriores, los relativos a gastos de campaña.
El depósito o transferencia se deberá realizar a la siguiente cuenta bancaria,
Nombre: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
No. Cuenta: 0196253652
No. Cuenta CLABE: 012180001962536529
Institución Bancaria: BBVA Bancomer
El sujeto obligado deberá hacer llegar a la Dirección Ejecutiva de Administración (DEA), la copia de la ficha de depósito o del recibo de transferencia bancaria que ampare el reintegro realizado, mediante correo electrónico a:
La DEA efectuará el reintegro de los recursos a la Tesorería de la Federación mediante el procedimiento implementado por la SHCP para este fin, cuando se trate de financiamiento público del ámbito federal; o en su caso a la Tesorería de la Entidad Federativa que corresponda, cuando el origen del financiamiento público sea del ámbito local y se haya deducido del financiamiento federal.
En el caso de los Partidos Políticos que no realicen el reintegro en el plazo previsto, se les retendrá de la ministración mensual de financiamiento público inmediata siguiente, a petición de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.
Tratándose de los candidatos independientes federales que no efectúen en los plazos previstos el reintegro para la Tesorería de la Federación, la UTF deberá informar al Servicio de Administración Tributaria a efecto de que el adeudo se clasifique y tenga tratamiento de un crédito fiscal.
Consulta la Normatividad al respecto:
INE/CG471/2016
Lineamientos para reintegrar el remanente no ejercido del financiamiento público otorgado para gastos de campaña en los Procesos Electorales y Locales, en acatamiento a la sentencia SUP-RAP-647/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial.
INE/CG459/2018
Lineamientos para reintegrar el remanente no ejercido o no comprobado del financiamiento público otorgado a los Partidos Políticos Nacionales y Locales para el desarrollo de actividades ordinarias y específicas, aplicable para el ejercicio dos mil dieciocho y posteriores, en acatamiento a la sentencia SUP-RAP-758/2017 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Datos de contacto:
Mtro. Florentino Martínez García
Subdirector de Operación Financiera
Tel.-55 57 28 25 07 IP: 372507
C.P. Ma. Luisa Solís Juárez
Jefa del Depto. de Control y Análisis de Ingresos, Fideicomisos y Prerrogativas
Tel. 55 54 49 04 53 IP: 370453