Conoce las facultades y competencias de la Coordinación de Asuntos Internacionales, mismas que se encuentran previstas en el Reglamento Interior del Instituto.
Artículo 65 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
- Proponer al Presidente del Consejo e instrumentar las políticas y acciones institucionales de vinculación, información, intercambio y cooperación con la comunidad internacional;
- Generar y distribuir oportunamente los productos informativos, así como proponer e instrumentar los programas de acción que promueven, entre la comunidad internacional interesada, el debido conocimiento del régimen electoral mexicano en lo general y de la organización y actividades sustantivas del Instituto en lo particular, procurando que las acciones de difusión tengan la mayor cobertura y alcance posibles;
- Atender o, de ser el caso, gestionar las acciones institucionales que permitan dar respuesta a consultas o requerimientos informativos que, a propósito de la organización, funcionamiento o actividades del Instituto, formulen representantes de organismos o instituciones del extranjero;
- Colaborar en la formulación de los criterios y lineamientos que le corresponde determinar al Consejo para el registro y atención a visitantes extranjeros en ocasión de cada proceso electoral federal y encargarse de su debida aplicación;
- Se deroga;
- Se deroga;
- Recibir y, conforme a las indicaciones del Presidente del Consejo, dar respuesta a las invitaciones o solicitudes de participación de funcionarios, especialistas o representantes del Instituto tanto en misiones de observación, cooperación, asesoría o asistencia técnica internacional, como en foros o programas que se realicen en el extranjero, y gestionar los acuerdos o arreglos conducentes;
- Proponer y organizar foros de carácter internacional que coadyuven a la promoción de la cultura y las prácticas democráticas, así como a reflexionar e intercambiar experiencias sobre temas político-electorales de relevancia y actualidad a nivel nacional, regional o global;
- Promover la formalización de convenios y acuerdos de intercambio y cooperación con organismos nacionales e internacionales, dirigidos a desarrollar acciones institucionales a nivel internacional;
- Impulsar, gestionar, dar seguimiento y desplegar las acciones institucionales necesarias para dar cumplimiento a los compromisos contraídos en el marco de los convenios de cooperación internacional que suscriba el Instituto;
- Brindar atención o dar debido cauce a los compromisos institucionales que deriven de su adhesión a convenios o protocolos de carácter internacional, así como de su membresía a asociaciones de organismos electorales;
- Proponer y dirigir la elaboración de proyectos de investigación y análisis, en perspectiva internacional comparada, sobre temas político-electorales de actualidad o relevancia tanto para facilitar procesos de reflexión y promoción institucional, como para atender compromisos de carácter internacional;
- Impulsar de manera activa y sistemática la celebración de foros de intercambio de conocimientos y experiencias con representantes de los organismos electorales de otros países, así como con otras instituciones o audiencias interesadas, que contribuyan al fortalecimiento de las capacidades o a la profesionalización de la gestión electoral;
- Proponer e instrumentar políticas y acciones institucionales de promoción, vinculación y cooperación internacional que consideren y resulten consecuentes con el esquema nacional de distribución de competencias en materia electoral entre el Instituto y los Organismos Públicos Locales, en coordinación con la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales;
- Someter a consideración y acordar con el Presidente del Consejo los asuntos relacionados con la presencia, participación y proyección internacional del Instituto, e informarle puntual y periódicamente de sus avances y resultados;
- Representar internacionalmente al Consejero Presidente en los casos que le sean encargados por este;
- Participar en las instancias internas relacionadas a la actividad internacional institucional;
- Dar seguimiento o, de ser el caso, asegurar el cumplimiento de las políticas institucionales o de los acuerdos del Consejo General que tengan implicaciones en términos de promoción, vinculación, cooperación o proyección internacional;
- Presentar al Consejo General, a través de del Consejero Presidente, su Plan de Trabajo Anual.