Es aquella persona con nacionalidad distinta a la mexicana, que ha sido acreditada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para presenciar el desarrollo de los procesos electorales en México.
Estas personas puedenconocer, presenciar e informarse sobre las etapas de los procesos electorales y en cualquier ámbito del territorio nacional, pero no pueden realizar actividades que alteren la equidad de la contienda electoral.
Las personas visitantes extranjeras acreditadas deberán abstenerse de:
Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones.
Hacer proselitismo.
Manifestarse a favor o en contra de cualquier partido político y/o candidatura.
Realizar cualquier actividad que altere la equidad de la contienda.
Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidaturas.
Declarar el triunfo de algún partido político o candidatura.
Declarar tendencias sobre la votación antes o después de la Jornada Electoral.
Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidaturas o posturas políticas o ideológicas relacionadas con la elección.
¿Qué necesito para acreditarme como persona visitante extranjera?
El 13 de enero de 2025 el Consejo General del INE, a través del Acuerdo INE/CG02/2025 , aprobó y emitió la convocatoria dirigida a la comunidad internacional interesada en acreditarse como personas visitantes extranjeras para acompañar el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de Diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025