Conoce las facultades y competencias de la Coordinación Nacional de Comunicación Social, mismas que se encuentran previstas en el Reglamento Interior del Instituto.
Artículo 64 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
La Coordinación Nacional de Comunicación Social estará adscrita a la Presidencia del Consejo y tendrá las atribuciones siguientes:
- Proponer al Presidente del Consejo la estrategia de comunicación social necesaria, para difundir las actividades y funciones que desarrolla el Instituto para que, una vez que sea aprobada por el mismo, se incorpore a la propuesta de Políticas y Programas Generales del Instituto que la Junta debe poner a consideración del Consejo;
- Coadyuvar y brindar apoyo en materia de comunicación social, en el ámbito de sus respectivas competencias, a las demás instancias institucionales, y en su caso a los organismos públicos locales, siempre que lo soliciten;
- Establecer la estrategia informativa del Instituto y vigilar su cumplimiento;
- Mantener informado al personal directivo del Instituto sobre la información que generan los diferentes medios de comunicación, impresos, electrónicos y medios alternativos relativos a las actividades y funciones que desarrolla el Instituto;
- Mantener estrecha comunicación con los representantes y directivos de los medios de comunicación nacionales y extranjeros;
- Planear, programar, dirigir y supervisar los mecanismos que permitan un permanente flujo de información y atención a los periodistas responsables de los medios de comunicación nacionales, corresponsales extranjeros y líderes de opinión en los ámbitos público, privado y académico;
- Autorizar la publicación de los contenidos informativos institucionales;
- Coordinar con las autoridades del Instituto las ruedas de prensa, conferencias, foros y entrevistas necesarias para la difusión de las actividades institucionales;
- Diseñar e instrumentar la política de comunicación organizacional del Instituto;
- Supervisar, evaluar y contratar los diferentes espacios en los medios de comunicación, de las diversas campañas de difusión que realicen los órganos institucionales en el ámbito de sus respectivas competencias; coordinar esta actividad con los órganos institucionales y, en su caso, con los organismos públicos locales; diseñar y vigilar el cumplimiento de los Lineamientos en materia de difusión;
- Informar al Consejero Presidente el avance de la ejecución del programa de trabajo;
- Apoyar las acciones de comunicación social de las Juntas Locales y Distritales, así como de los Organismos Públicos Locales en caso de que así lo soliciten, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva;
- Identificar y establecer los vínculos necesarios con instituciones, dependencias públicas, organismos privados y empresas que sean susceptibles de proporcionar apoyo a las acciones del Instituto, en materia de comunicación social;
- Acordar con el Consejero Presidente los asuntos de su competencia;
- Coadyuvar con la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica en el diseño de la estrategia de las campañas de información institucional;
- Recopilar y analizar la información que sobre el Instituto difundan los medios masivos de comunicación, mediante la elaboración de productos como la síntesis de prensa y la de monitoreo de medios electrónicos y redes sociales;
- Evaluar la imagen del Instituto a través de los mecanismos que, para tal efecto, acuerde con el Consejero Presidente;
- Participar en el Comité de Gestión y Publicación Electrónica, o a través de un representante;
- Realizar, producir, difundir y supervisar la organización en radio y televisión de los debates entre los candidatos a cargos de elección popular que determine el Consejo General del Instituto;
- Elaborar los criterios para el uso institucional de redes sociales en internet del Instituto, y someterlos a la aprobación de la instancia competente, así como medir periódicamente la eficacia de estos instrumentos;
- Proporcionar a las áreas del Instituto así como a las Juntas Locales y Distritales los elementos que constituyen el logotipo del INE así como su manejo y características gráficas que deben considerarse para generar una imagen institucional a través del Manual de Identidad Institucional;
- Realizar el monitoreo de encuestas y propaganda publicadas en medios impresos y electrónicos, durante el desarrollo de los procesos electorales federales y remitirla a los órganos institucionales correspondientes;
- Instrumentar la difusión de las actividades institucionales a través de medios alternativos y a partir de las nuevas herramientas tecnológicas;
- Diseñar, instrumentar y vigilar el cumplimiento de la política de comunicación en medios alternativos;
- Administrar, vigilar y controlar las cuentas institucionales de redes sociales, así como proporcionar los elementos necesarios para la imagen gráfica en la publicación de contenidos;
- Las demás que les confiera el Reglamento y otras disposiciones aplicables