Conoce las facultades y competencias de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, mismas que se encuentran previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y en el Reglamento Interior del Instituto.
Artículo 58 de la LEGIPE
- Elaborar, proponer y coordinar los programas de educación cívica, paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político, que desarrollen las juntas locales y distritales ejecutivas.
- Promover la suscripción de convenios en materia de educación cívica, paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político, con los Organismos Públicos Locales sugiriendo la articulación de políticas nacionales orientadas a la promoción de la cultura político-democrática, la igualdad política entre mujeres y hombres, así como la construcción de ciudadanía.
- Vigilar el cumplimiento de los programas y políticas a los que se refieren los dos incisos anteriores.
- Diseñar y proponer estrategias para promover el voto entre la ciudadanía.
- Diseñar y promover estrategias para la integración de mesas directivas de casilla y la capacitación electoral.
- Preparar el material didáctico y los instructivos electorales.
- Orientar a las ciudadanas y los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales.
- Llevar a cabo las acciones necesarias para exhortar a los ciudadanos que se inscriban y actualicen su registro en el Registro Federal de electores y para que acudan a votar.
- Asistir a las sesiones de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica sólo con derecho de voz.
- Diseñar y proponer campañas de educación cívica, paridad de género y cultura de respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral, en coordinación con la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales.
- Acordar con la Secretaria o el Secretario Ejecutivo del Instituto los asuntos de su competencia.
- Realizar campañas de información para la prevención, atención y erradicación de la violencia políti-ca contra las mujeres en razón de género.
- Capacitar al personal del Instituto, organismos públicos locales e integrantes de mesas directivas de casillas para prevenir, atender y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, así como en igualdad sustantiva.
Artículo 49 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
- Elaborar, proponer, y coordinar los programas de capacitación electoral y de educación cívica que se desarrollen, tanto a nivel central como a través de las Juntas Locales y Distritales.
- Planear, dirigir y supervisar la elaboración de las políticas y programas de educación cívica y capacitación electoral y educación cívica que desarrollarán las Juntas Locales y Distritales.
- Presentar a la Junta los programas de capacitación electoral y educación cívica y vigilar su ejecución.
- Evaluar periódicamente el cumplimiento de los programas autorizados para la Dirección, tanto en el nivel central como en los niveles delegacional y subdelegacional.
- Diseñar y promover estrategias para la integración de mesas directivas de casilla y la capacitación electoral a nivel local y federal.
- Dirigir y supervisar la investigación, análisis y la preparación de material didáctico que requieren los programas de capacitación electoral y educación cívica.
- Diseñar e instrumentar las campañas de difusión institucionales y, en su caso, coordinarse para ello con las instancias que por el objeto o contenido de la campaña sean competentes.
- Orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales.
- Coordinar la elaboración de análisis, estudios, investigaciones y bases de datos sobre temas de capacitación electoral, educación cívica y cultura política democrática, dirigidos a fomentar el conocimiento y difusión de estas temáticas y construir una ciudadanía más participativa y mejor informada.
- Diseñar, proponer e implementar campañas de educación cívica en coordinación con la Fiscalía Especializada para la Prevención de Delitos Electorales.
- Colaborar con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, en el envío de los materiales audiovisuales correspondientes a la campaña institucional para su difusión oportuna.
- Asesorar a los partidos políticos y a las agrupaciones políticas nacionales en el diseño de sus programas de capacitación electoral y educación cívica, cuando así lo soliciten, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44, numeral 1, inciso ff) de la Ley Electoral.
- Proponer al Secretario Ejecutivo la divulgación de los análisis, estudios, investigaciones y bases de datos que realice, por sí mismo o en colaboración con terceros, referidos a la capacitación electoral, educación cívica y cultura política democrática; así como la difusión de información de carácter académico que contribuya a fortalecer el conocimiento general y especializado en esas materias.
- Identificar y establecer mecanismos de colaboración con institutos políticos, organizaciones civiles, instituciones académicas y de investigación, así como de educación superior o especializada, para coadyuvar al desarrollo de la vida democrática.
- Diseñar y organizar encuentros y foros académicos que contribuyan a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática.
- Coadyuvar con la Dirección Ejecutiva de Administración, en el diseño y elaboración de los mecanismos, instrumentos y lineamientos para la selección y contratación del personal auxiliar de las Juntas y Consejos Distritales que durante el proceso electoral se encargarán de la capacitación electoral en términos de lo dispuesto en el artículo 303 de la Ley Electoral.
- Planear, ejecutar, dirigir y supervisar los programas de divulgación desarrollo y fortalecimiento de la cultura política democrática y los referentes a la comunicación educativa, con el objeto de impulsar la cultura democrática.
- Participar en el Comité de Gestión y Publicación Electrónica, o a través de un representante.
- Acordar con el Secretario Ejecutivo del Instituto los asuntos de su competencia.
- Promover la suscripción de convenios en materia de educación cívica, paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político, con los Organismos Públicos Locales sugiriendo la articulación de políticas nacionales orientadas a la promoción de la cultura político-democrática, la igualdad política entre mujeres y hombres y la construcción de ciudadanía.
- Diseñar y proponer estrategias para promover el voto entre la ciudadanía.
- Diseñar y proponer las estrategias de capacitación electoral y educación cívica a nivel nacional.
- Elaborar, proponer y coordinar los programas de paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político que desarrollen las Juntas Locales y Distritales ejecutivas.
- Diseñar y proponer campañas en materia de paridad de género y cultura de respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral en coordinación con la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales.
- Realizar campañas de educación cívica e información para la prevención, atención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género, contando con la asesoría especializada de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación.
- Capacitar al personal del Instituto, de los Organismos Públicos Locales y a las personas integrantes de las mesas directivas de casilla en las materias de igualdad sustantiva, prevención, y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género, y coadyuvar con la Dirección Ejecutiva de Administración y la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional en los programas que implementen en esa materia.