OPL
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CEEPAC San Luis Potosí 30/04/2020 ““…se hace indispensable conocer lo siguiente: 1) Viabilidad para que este Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana pueda solicitar el uso de la aplicación móvil (app), desarrollada por el Instituto Nacional Electoral para que los aspirantes a candidatos independientes recaben el apoyo ciudadano en este medio electrónico. 2) Requisitos que se tendrían que cumplir respecto a los equipos, plataformas y demás implementos informáticos para su utilización. 3) Capacitación, manejo y asesoría en cuanto a su aplicación para poder llevar a cabo el soporte técnico a los candidatos independientes. 4) Tiempos de entrega de resultados de las compulsas de los apoyos ciudadanos enviados por medio de la aplicación móvil. 5) Costos inherentes si fuese viable su utilización por parte de este organismo electoral ocal. 6) Información que a su consideración ustedes consideren importante darnos a conocer sobre este concepto.(sic) … Por lo que le solicitamos la información anterior a la brevedad y esta pueda servirnos ahora en la elaboración de los lineamientos que deberán cumplir los aspirantes a candidatos independientes durante el próximo proceso electoral local.” “
IEE Sonora 01/06/2020 ““¿Tiene el INE contemplado dentro de la solución informática de candidaturas independientes para las OPL la opción para capturar las células de apoyo ciudadano que sean recibidas en papel de algunos aspirantes a candidato independiente? En caso de positivo: ¿Es posible incorporar al sistema del INE un módulo para el registro masivo de información mediante la carga de un archivo con determinado formato? ¿Qué campos de información son los que se habrán de solicitar en el formato de registro y/o en la carga masiva de información, en su caso? ¿Será posible en el sistema informática del INE que los interesados que aspiran a candidatos independientes, realicen la carga de sus propias cédulas de apoyo? ¿Cómo se han procesado las células en el sistema informático del INE en los distintos OPLES, que han contado con elecciones locales en el 2018 y 2019?” “
IEEBC Baja California 25/06/2020 “El sistema y /o aplicación móvil que posee el lnstituto Nacional Electoral para la captación, digitalización y registro de los apoyos ciudadanos para lograr una candidatura independiente, podría ser utilizada por los organismos públicos locales para que la ciudadanía interesada en la implementación de instrumentos de participación ciudadana, tales como plebiscito o referéndum, la puedan manejar coma herramienta en la captación y registro de firmas de apoyo, y que a la vez estos puedan verificarse en el listado nominal. En caso afirmativo, además de tener que celebrar un convenio de colaboración especifico entre ambas instituciones, tiene algún costo económico, es necesario generar alguna capacitación para el manejo de la herramienta y si hay la posibilidad de que en un tiempo menor disponer de ella. Por último, como se genera el alta usuarios para lo recolección del apoyo o es posible que cualquier persona pueda descargarlo yen automático convertirse en recolector de apoyos.”(sic)
IEE Nayarit 09/07/2020 “Respecto de la plataforma y aplicación móvil para la captación del apoyo de ciudadano de las candidaturas independientes ¿Conllevará algún costo por parte de este Instituto Estatal Electoral en el Proceso Electoral Concurrente 2021 o, en su caso, dicha herramienta será proporcionada con carácter de préstamo por parte del Instituto Nacional Electoral?”
IEE Chihuahua 17/08/2020 ““Uso de la Aplicación Móvil para la captación de apoyo ciudadano. Se solicita se indique si será posible permitir a este organismo local electoral hacer uso del Sistema de Captación de Datos para Procesos de Participación Ciudadana y Actores Políticos, así como la Aplicación Móvil, desarrollados por el Instituto Nacional Electoral, a fin de llevar a cabo la captura del apoyo ciudadano, de las y los aspirantes a Candidatos Independientes a los diversos cargos de elección popular de la entidad, para el Proceso Electoral Local 2020-2021. Lo anterior, porque la certeza del uso de estas herramientas informáticas implica una presupuestación, que sería diferente sin el uso de las mismas. Régimen de excepción. En aquellos casos en que no sea posible recabar el apoyo ciudadano mediante la Aplicación Móvil, ¿se permitirá su captura directa a través del Portal Web para la correspondiente verificación de su situación registral?; de ser así, ¿qué datos se requieren para la captura de los apoyos? y, ¿cuántas claves de usuario para la captura se proporcionarían a este órgano? Plazo de entrega de listados definitivos. De ser favorable la respuesta al punto uno; una vez agotado el procedimiento de garantía de audiencia, ¿en cuánto tiempo se entregarán los listados definitivos al OPLE, para que este lleve a cabo la evaluación de los porcentajes y proporciones del apoyo ciudadano recabado, correspondientes a la entidad? Costos. En respuesta a consulta efectuada por diverso OPLE, se indicó que el único costo por el uso del Sistema es el referente a la contratación de personal para apoyar en las actividades de Mesa de Control, señalándose un costo aproximado de $36,000.00 ¿este importe se refiere al pago mensual por persona contratada? En relación con lo anterior, se presenta una proyección de la cantidad ciudadanos que pudieran manifestar su intención de contender como candidatas y candidatos independientes en el próximo proceso, con la finalidad de que, de ser posible, se proporcione una cifra estimada del costo que esto representaría para este organismo público local electoral.”
CEEPAC SLP 04/09/2020 ““…me permito solicitar la siguiente información con carácter de urgente: 1) Factibilidad del uso de la aplicación por parte de este Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana durante el proceso electoral local 2020-2021. 2) Costos inherentes a: a. Utilización de la aplicación, modificación y/o actualización de la misma. b. Validación de los apoyos enviados por los aspirantes a candidatos independientes. c. Mesa de validación. d. Otros costs u obligaciones. 3) Especificaciones mínimas de los equipos para recabar el apoyo ciudadano. 4) Tiendas donde se puede obtener la aplicación y si tienen costo. 5) Capacitación referente a instalación de la aplicación, soporte y alta de equipos para la recepción del apoyo ciudadano, así como manuales de usuario, tutoriales de instalación de la misma. 6) Capacitación en el manejo de la aplicación por parte del Instituto al personal del Organismo Local y en su caso a los usuarios finales. a. ¿Quién proporcionará el soporte y la capacitación sobre su utilización al usuario final? b. Tiempos para brindar esta capacitación y a quien estaría dirigida? c. ¿Cómo sería la capacitación? 7) Tiempos de respuesta una vez concluido el periodo de recepción del apoyo ciudadano con relación a la validación de los apoyos enviados por los aspirantes a candidatos independientes. 8) Mecánica en caso de que se presentase alguna inconformidad con respecto a la validación de los apoyos enviados por parte de los aspirantes a candidatos independientes. 9) Quien sería en su caso el responsable de la Coordinación por parte del Instituto.”
IEE SONORA 29/10/2020 ““…En virtud de lo anterior, surgen las siguientes dudas: El documento a que se hace referencia en el numeral 4, ¿no será el definitivo? ¿Qué autoridad operará la mesa de control relacionada con la obtención de apoyo ciudadano vía aplicación móvil? ¿Qué actividades realizarán las 20 personas que solicitó la DERFE en el tema de verificación de apoyo ciudadano (contemplados en el Convenio de Coordinación con el INE)?(sic) En su caso ¿Estas 20 personas las contratará el INE o el OPLE? …¿Es correcta esta información, toda vez que el Protocolo a que se hace referencia en el presente señala que el Auxiliar captura toda la información y la misma se recibe directamente en la DERFE? De ser afirmativo, atentamente solicitaríamos que el procedimiento fuera como se señala en el Protocolo y que el Auxiliar capture la información del ciudadano… …Por otra parte, la Mesa de Control a que se hace referencia en los numerales 2 y 3, el personal que será contratado, ¿estará físicamente en el OPL de Sonora para apoyar con la verificación de firmas o estará físicamente en el INE?… …Así también: ¿Quién capturará los apoyos obtenidos vía app? ¿Qué actividades le corresponde realizar al OPLE en cuanto a la verificación de apoyo ciudadano obtenido vía app?(De ser posible definir el procedimiento paso a paso)”
IEE CHIHUAHUA 03/11/2020 ““a) ¿Se cuenta con una fecha para la implementación de la funcionalidad descrita para la captación de respaldo en forma directa por la ciudadanía? b) En el contexto de la actual contingencia sanitaria ¿el Instituto Nacional Electoral prevé alguna otra adecuación a la Aplicación Móvil, para que sea posible la captación de los apoyos ciudadanos, sin necesidad de interacción física entre las y los auxiliares y la persona otorgante del respaldo? c) Respecto del instrumento de participación política en curso ¿resulta factible que una vez que se reinicie la captación de respaldo ciudadano se habilite la funcionalidad enunciada para tal fin? d) Con independencia de lo anterior ¿es factible que, en su momento, las personas solicitantes del instrumento participativo puedan registrar como auxiliares/gestores a la ciudadanía en general y ésta realice en forma directa la captación del respaldo ciudadano con sus propios dispositivos? e) De ser afirmativo lo anterior ¿existe un límite de auxiliares/gestores que pueden registrarse por cada solicitante?”
OPL TLAXCALA 21/11/2020 ““¿Cuántas personas se requieren para operar la mesa de control para la verificación del apoyo ciudadano para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en el estado de Tlaxcala? ¿Cuál es el periodo de contratación del personal que estará en la mesa de control y el perfil que deberán tener? Para la revisión y clarificación de las imágenes y datos captados por las y los auxiliares de las y los aspirantes, ¿existen características específicas para los equipos de cómputo a utilizar?”
IEE QUERÉTARO 21/12/2020 “””a) ¿La modalidad de autoservicio será aplicable a las candidaturas independientes a nivel local? b) ¿Los lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para el registro de candidaturas independientes mediante el uso de la aplicación móvil en el proceso electoral local 2020-2021, aprobados mediante acuerdo INE/CG552/2020, serán modificados para incorporar el procedimiento aplicable a la modalidad de autoservicio?”
IEPC GUERRERO 24/12/2020 ““1. ¿A partir de qué fecha la APP Apoyo Ciudadano-INE tendrá activa la funcionalidad e incluirá los apartados específicos en que se muestren los nombres y datos de los aspirantes a candidaturas independientes en el ámbito local? 2. ¿Cuál es el procedimiento que debemos realizar los organismos electorales locales ante el INE, para aprovechar dicha funcionalidad? Es decir, ¿basta la sola manifestación de interés aprobada por el Consejo General para utilizar la aplicación o se tendría que realizar algún otro trámite o procedimiento adicional? 3. ¿Los aspirantes a candidaturas independientes tendrían que hacer alguna manifestación de aceptación o trámite adicional a los ya realizados para manifestar su intención de participar mediante una candidatura independiente, para beneficiarse de esta nueva funcionalidad? 4. ¿El INE proporcionará algún material o realizará alguna campaña de difusión acerca de la nueva funcionalidad de la APP Apoyo Ciudadano-INE, para conocimiento de la ciudadanía en general?”
CEEPAC SLP 30/12/2020 ““1. ¿La nueva funcionalidad que brinda la aplicación actualmente se encuentra disponible para ser implementada de manera inmediata por los organismos públicos locales? 2. ¿Cuáles serían los requerimientos que este organismo electoral tendría que cumplir para permitir que la nueva funcionalidad en el sistema de captación sea aplicable en nuestra entidad?, lo anterior, con independencia del acuerdo que en su caso, el Pleno de este Consejo emita en relación a la implementación de la citada modalidad. 3. ¿Es necesaria la realización de captación a los aspirantes a las candidaturas independientes derivado de la implementación de esta nueva modalidad?, es decir, el grado de complejidad de la modificación requiere que los aspirantes conozcan de su funcionamiento. 4. ¿Cuál es el tiempo que debe considerarse para que la nueva modalidad se encuentre disponible para la utilización en esta entidad, una vez que este organismo electoral informe con respecto a su aprobación por el órgano de dirección?”

OPL
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IEEH Hidalgo 11/02/2020 ““1. ¿Si es legal y procedente para efecto del cumplimiento del requisito de la manifestación de intención presentar acta constitutiva de una misma persona moral para pretender postular a varios ciudadanos y ciudadanas por la vía de candidaturas independientes al cargo de Presidentes o Presidentas Municipales por diversos Municipios? 2. ¿Si es legal y procedente, para efectos del cumplimiento de los requisitos identificados con la presentación de informes y la fiscalización de los ingresos y gastos de las y los aspirantes a candidaturas independientes, aperturar una sola cuenta bancaria a nombre de una misma persona moral y con ella manejar los ingresos y gastos de seis aspirantes?” “
IEE QUERÉTARO 15/10/2020 ““a) ¿El modelo único de estatutos para las Asociaciones Civiles constituidas para la postulación de candidaturas independientes, previsto en el Anexo 11.1 del Reglamento de Elecciones, seguirá vigente para el proceso electoral local 2020-2021? b) ¿Los formatos de manifestación de intención, manifestación de voluntad de ser registrado a una candidatura independiente, el relativo a la no aceptación de recursos de procedencia ilícita, el referente a la conformidad para que el INE fiscalice la cuenta bancaria y la solicitud de registro de candidatura independiente, establecidos en los Anexos 11.2, 11.3 11.4 11.6 del Reglamento de Elecciones, seguirán vigentes para el proceso electoral local 2020-2021?”
IEE QUERÉTARO 08/12/2020 ““a) ¿Es correcto señalar que todas aquellas personas que logren obtener su constancia a una candidatura independiente deben generar en lo individual dos avisos, uno integral y otro simplificado? b) ¿Es correcto señalar que el aviso simplificado generado por la persona aspirante a una candidatura independiente, quedará incorporado en la APP?; y de ser afirmativo cuál sería el procedimiento para hacerlo.”
OPL
Fecha de recepción
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IEEH Hidalgo 21/01/2020 ““1. En los lineamientos de cómputo y del cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos, ¿Deberán incorporarse reglas específicas respecto a la urna electrónica? 2. De ser afirmativa la respuesta al cuestionamiento anterior, al corresponder la implementación de la urna electrónica competencia del INE ¿Será la autoridad electoral nacional quien haga la propuesta del contenido de esas reglas específicas para incluir en los lineamientos de cómputo y del cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos?, o ¿Debemos proceder en este Instituto Estatal Electoral a formular la propuesta de esas reglas? 3. Dado el contexto anterior, y de ser afirmativa la respuesta al cuestionamiento 1 aunado a que hasta este momento tampoco se nos ha comunicado la validación de los lineamientos de cómputo y del cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos que ya hemos remitido, solicitamos que su aprobación por el Consejo General de este Instituto Local sea realizada una vez que se nos comunique la validación respectiva incluyendo las adecuaciones que se realicen en lo relativo a urna electrónica.” “
IEEM México 08/04/2020 ““1.- ¿El Instituto Electoral del Estado de México, deberá aplicar de forma supletoria alguna de las dos fechas indicadas en los dos escenarios señalados en líneas anteriores, para remitir a esa Autoridad Administrativa Electoral Nacional, los proyectos de Lineamientos de Cómputo y Cuadernillos de Consulta sobre Votos Válidos y Votos Nulos, que nos ocupan? 2.- Si la respuesta es afirmativa, ¿Cuál de las dos fechas deberá ser? Sobre todo, considerando las medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19, en han determinado las autoridades Sanitarias y Electorales, tanto Nacionales como Locales. 3.- ¿O bien, si este Instituto deberá estar en espera de que el Consejo General del InE determine el nuevo calendario para la aprobación e implementación de Votos Válidos y Votos Nulos, para el proceso electoral local 2020-2021?” “
OPL
Fecha de recepción
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IEE Nayarit 07/02/2020 “””a) Que se avale la reutilización del material electoral con que cuenta el Instituto Estatal Electoral de Nayarit, especificando en la tabla anterior, para su uso en el Proceso Electoral Local 2021. Lo anterior, tomando en consideración que dicho material fue adquirido atendiendo las especificaciones previstas en el reglamento de elecciones y su respectivo anexo. b) De se procedente la validación anteriormente mencionada, el IEEN pueda, si su presupuesto se lo permite, realizar este año la adquisición del material faltante, cumpliendo los criterios y características del material validado.” “
CEEPAC San Luis Potosí 18/02/2020 ““Por todo lo antes referido, es que solicitamos la validación e las dimensiones contempladas para las Cajas Paquete Electoral que utilizará para el próximo Proceso Electoral Local y estar en posibilidad de comenzar los trabajos de selección de inmuebles con la certeza de que las medidas propuestas serán las que determinarán las dimensiones de los lugares propuestos. Por otro lado, nos permitimos preguntar si previo a que los OPL enviemos los diseños y especificaciones técnicas para su validación, a más tardar en el mes de noviembre previo a la elección; el INE emitirá un nuevo modelo de formatos únicos aplicable para el Proceso Electoral Concurrente 2020-2021.” “
IEEBC Baja California 18/02/2020 “…durante el Proceso Electoral Concurrente 2020-2021, Qué material electoral deberá proporcionar el Instituto Estatal Electoral de Baja california a la Mesa Directiva de Casilla para su instalación, tomando en cuenta las manifestaciones vertidas en el párrafo que antecede.”
IEC Coahuila 28/02/2020 “Para aquellas casillas en las que s e instalarán urnas electrónicas ¿se debe considerar la impresión de boletas electorales?”
IEE Querétaro 06/05/2020 “¿Es posible que, el “Recibo de entrega del paquete electoral al consejo distrital” y el “Recibo de entrega del paquete electoral al consejo municipal” puedan ser impresos en un tamaño y papel distintos a los precisados en el Anexo 4.1 del Reglamento de Elecciones? Considerando que invariablemente se estaría respetando el contenido mínimo que se establece en dicha norma.”
IEE Hidalgo 21/05/2020 ““1. Con relación a la leyenda en los encabezados, títulos y textos de “Proceso Electoral Local 2019-2020” y “ la fecha de la elección”, ¿Deberán modificarse los diseños, modelos y especificaciones técnicas de la documentación electoral validados por el INE y aprobados por el IEEH derivado del cambio de fecha de la elección? 2. En caso de una respuesta negativa a la pregunta anterior, ¿Los documentos electorales de referencia podrán ser utilizados en cualquier fecha dentro de este mismo año, o en su aso, si el día de los comicios para la elección de Ayuntamientos se tuviera que realizar en el año 2021 empatándola con la elección concurrente? 3. En el caso de que la respuesta implique que deban hacerse modificaciones a las leyendas, encabezados, títulos y textos relativos al año y fecha de la elección y aunado a que hasta este momento aún no existe definición sobre la fecha de la elección, el Instituto Estatal Electoral solicitaría la autorización de modificar en los modelos y diseños la leyenda Proceso Electoral Local 2019-2020 por la leyenda Proceso Electoral Local de Ayuntamientos, así como en todos aquellos en los que se tiene la fecha de la elección del 07 de junio del 2020.” “
IMPEPAC Morelos 16/06/2020 ““1.- Atendiendo a que la reutilización del material electoral usado en el pasado proceso electoral representa un ahorro importante para este OPL ¿Se considera viable la reutilización de las Mamparas para votación o Cancel Modular Portátil para el PEL 2020-2021 con las características señaladas? 2.- Previo acondicionamiento y actualización de los forros para urnas de las elecciones de Diputaciones y Ayuntamientos, ¿Se considera viable la reutilización de las urnas para el PEL 2020-2021, con las características señaladas? 3.- Previa limpieza, acondicionamiento y actualización de las cajas paquete electorales para las elecciones de Diputaciones y Ayuntamientos, ¿Se considera viable su reutilización para el PEL 2020-2021, con las características señaladas?” “
IEE Nayarit 03/07/2020 ““A. Considerando las características de fabricación descritas y los códigos cromáticos con que se encuentran identificadas las urnas. podrán ser utilizadas por el IEEN durante la jornada electiva del proceso electoral 2021, tomando como base que se encuentra conforme a los códigos que se utilizaron en el Proceso Electoral Local 2016-2017, Y fueron validados por la DEOE al estimar que no interfieren con los utilizados por el INE para la elección de Diputaciones Federales, cumpliendo con el fin de que la ciudadanía relacione, a través de los colores, las boletas y en qué urnas deben depositarse. B. De ser procedente la consulta anterior ¿Es posible utilizar estos códigos cromáticos para la impresión de los documentos electorales, con y sin emblemas de los partidos políticos? C. De no ser procedente la reutilización de estos códigos cromáticos, nos resultaría aplicable el contenido del oficio INE/DEOE/0433/2020, por cuanto a la instrucción dirigida al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana a adicionar los forros correspondientes con el color característico de cada elección en la parte superior de las urnas. D. De ser necesaria la colocación de forros a las urnas del lEEN ¿Cuáles son las características técnicas para la fabricación de estos forros?”
IECM 26/08/2020 ““I. Materiales Electorales …solicito su valioso poyo para consultar sobre la posibilidad de que el INE pueda compartir con este organismo electoral las especificaciones técnicas del molde de inyección para la producción del cancel electoral portátil (mesa de plástico tipo maletín). Ello, con la finalidad de que este Instituto electoral fabrique un molde (previsto para el último trimestre del año en curso) que pueda ser utilizado en la producción del referido material electoral, en el marco del Proceso Electoral Local Concurrente 2020-2021, y en los subsecuentes… II. Documentación Electoral …con la finalidad de contribuir en su mejora, y ello permita su fácil utilización por las y los funcionarios de casilla, en los modelos de Documentación Electoral para el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021 y, en particular, este Instituto Electoral local identifica elementos extra legales que no corresponden con las facultades de las y los funcionarios de Mesa Directiva de Casilla, los cuales, para precisar la idea, se señalan a continuación… III. Oficiales Electorales …solicito su valioso apoyo para consultar sobre la posibilidad de que este Instituto Electoral local pueda prescindir de los servicios notariales que eran contratados para dar fe pública de la entrega – recepción de la documentación electoral a los Órganos Desconcentrados, y sean quienes den fe pública de la realización de los actos y hechos respecto de la distribución, entrega y recepción de la documentación electoral, tanto en el lugar donde se realice su impresión como a la llegada a las sedes distritales del IECN, así como de la verificación de su resguardo en las bodegas determinadas para ello… IV. Lista Nominal impresa …atentamente, se consulta sobre la posibilidad de contar, para la recepción del sufragio en cada una de las Mesas Directivas de Casilla Única, con dos tantos de los listados nominales impresos, uno para registrar a la ciudadanía que ejerza su derecho al sufragio en las elecciones federales y el otra para la elección local. En caso de resultar procedente esta solicitud, el IECM conservaría y resguardaría el tanto correspondiente a las elecciones locales, a efecto de utilizarlo como insumo para la elaboración de la estadística de participación electoral, observando en todo momento lo establecido en el artículo 126, párrafo tercero de la Ley General…”
IMPEPAC Morelos 28/09/2020 ““1. ¿La producción del documento denominado “Acta de las y los electores en tránsito para casillas especiales” corresponde al Instituto Nacional Electoral? 2. …¿Puede el IMPEPAC omitir la producción de los documentos denominados a)Sobre para el depósito de boletas de la elección para las Diputaciones Locales encontradas en otras urnas, y b) Sobre para el depósito de boletas de la elección para el Ayuntamiento encontradas en otras urnas?”
IE Michoacán 15/11/2020 ““…anexo al presente, se somete a consideración de ese Instituto Nacional, las propuestas de diseño de las boletas de las elecciones para la Gubernatura, las Diputaciones Locales y los Ayuntamientos, para efectos de su revisión y, en su caso, validación. En ese sentido, adicionalmente se solicita orientación sobre las características que deberán reunir las fotografías para efectos de su incorporación en las boletas electorales.”
OPL Tlaxcala 21/11/2020 “Para el caso de las elecciones locales de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales, Ayuntamientos y Presidencias de Comunidad ¿se pueden actualizar los Formatos Únicos de las boletas electorales en tamaño carta y oficio, y seguir el procedimiento de validación previsto en el artículo 160 del Reglamento de Elecciones, a fin de contar con ambos formatos validados por la DEOE y utilizarlos de acuerdo a las necesidades del Instituto, es decir, dependiendo del número de recuadros necesarios para los emblemas de las candidaturas aprobadas (postuladas por partidos políticos en lo individual, candidaturas comunes e independientes) y candidaturas no registradas?”
IEE Hidalgo 27/11/2020 “…cuál es el orden de prelación que deberán tener los partidos políticos con registro nacional y local, a fin de tener la certeza del orden y dar continuidad y cumplimiento a los diseños de la documentación electoral para el Proceso Electoral Concurrente 2020-2021 y que en su momento serán validados por la Junta Local Ejecutiva Hidalgo del INE.”
IEE Chihuahua 05/12/2020 “¿Existe algún impedimento para que un vez aprobada la creación de los órganos desconcentrados transitorios, a que se ha hecho referencia, se remita a la autoridad nacional de la materia la documentación electoral que aquellos generen para que sea revisada, validada y en su caso, autorizada por el órgano superior de dirección de este Instituto Local?”
OPL Tlaxcala 15/12/2020 “¿El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones está obligado a homologar el número de copias en papel autocopiante a 11, tomando en consideración que actualmente cuenta con 10 partidos nacionales y 5 partidos locales con registro local, así como aspirantes a una candidatura independiente?”
IEE Querétaro 23/12/2020 “¿El instituto Electoral del Estado de Querétaro actualmente puede realizar el procedimiento administrativo para adjudicar la producción e impresión de la documentación y material electoral del proceso electoral local 2020-2021?, en el entendido de que la producción se ordenará hasta que esté totalmente validada la referida documentación y materiales.”
IEE Chihuahua 24/12/2020 ““1. ¿Existe la posibilidad de que la DEOE valide en lo general los diseños de la documentación con emblemas, partiendo de las proporciones utilizadas en los formatos genéricos que para el efecto se remitieron? 2. En caso de ser posible lo anterior, ¿Es factible dar inicio a los procedimientos licitatorios para la adjudicación de la elaboración de los mismos? (En el entendido de que, antes de producirlos, deberán ajustarse las dimensiones conforme a lo que en su momento apruebe el Consejo General del INE y sean validados por la Junta Local Ejecutiva y la DEOE) 3. ¿Podría aplicarse el mismo criterio, en lo relativo a los diseños y especificaciones técnicas de los documentos para el voto desde el extranjero, es decir, que los mismos, sean remitidos para personalización y eventualmente ser aprobados en lo general por la DEOE y el Consejo Estatal de este Instituto e iniciar a la brevedad los procedimientos administrativos correspondientes? 4. Respecto a los diseños de la documentación sin emblemas y los materiales electorales que ya fueron validados por la Junta Local Ejecutiva y, en su caso, se subsanaron todas las observaciones que dicho ente formuló sobre los mismos ¿Existe alguna fecha probable de validación para ser aprobados e iniciar con el proceso licitatorio correspondiente?”
OPL
Fecha de Recepción
Descripción
IEM Michoacán 07/02/2020 “…resulta necesario para este Instituto, conocer cómo fue el procedimiento aplicado para determinar el remanente del Partido Verde Ecologista de México, derivado del financiamiento público que le fue otorgado para gastos de campaña, con motivo del proceso electoral local 2014-2015, mismo que se insertó en el anexo 2 del Dictamen Consolidado emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/CG813/2016, por lo que, le agradeceremos su colaboración, para que nos informe cómo se llevó a cabo dicho procedimiento.”
IMPEPAC Morelos 12/03/2020 “…Si La cuenta bancaria a que se hace referencia en el cuerpo del presente oficio, ha sido reportada a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, por el Partido Revolucionario Institucional para efecto de fiscalización de sus prerrogativas y corroborar si cumple con lo establecido en el Reglamento de Fiscalización”
IEE Puebla 02/06/2020 ““Si es viable que los partidos políticos que no reintegraron de manera voluntaria el Remanente del financiamiento público no ejercido en el Proceso Electoral Extraordinario 2019, en el término señalado en los Lineamientos aprobados con el Acuerdo INE/CG61/2017, pueden reintegrarlo en una sola exhibición en el mes de junio del año en curso; y En su caso, si dicho reintegro se haría a este Instituto para su posterior entrega a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla, o si los partidos políticos tendrían que entregarlo directamente a dicha secretaría. Así como, si la cantidad a reintegrar sería la determinada por el Instituto Nacional Electoral, o procedería su previa actualización a junio de 2020, siempre que el factor de actualización del INEGI así lo permita.” “
IEE Guanajuato 06/08/2020 ““1. Respecto al diseño editorial de publicaciones trimestrales y semestrales Debe cumplirse un diseño especifico y obligatorio paras las publicaciones, es decir, debe ser un artículo único, revista, periódico, dossier, etc.? 2. Respecto a la periodicidad y secuencia La publicación, sea semestral o trimestral, debe estar vinculada o dar continuidad a la que le antecede? 3. En el caso de investigaciones académicas (publicaciones únicas), que cumplan con los requisitos del artículo 185 del Reglamento de Fiscalización del INE éstas cuentan como publicaciones semestrales, de hacerse públicas en la página web oficial de Movimiento Ciudadano?”
IEE Nayarit 24/08/2020 ““…planteo la siguiente consulta en torno a la fiscalización de recursos para que por su conducto se remita al área que corresponda: 1) Dado el escenario antes expuesto: ¿de que forma el IEEN puede solventar, auxiliar u orientar a los partidos políticos para que tal circunstancia -ajena a esta autoridad electoral- no genere un detrimento en la debida rendición de cuentas y, consecuentemente, no origine una afectación de índole fiscal respecto a la comprobación del ejercicio de sus recursos?”
IEPC Chiapas 26/08/2020 ““1. ¿Resultará obligatorio para los Partidos Políticos con registro y acreditación ante este OPL, destinar al menos el 2% para desarrollar la participación política de los ciudadanos de los pueblos originarios para el ejercicio 2020? 2. ¿Cuáles serán los Lineamientos que se tomarán en consideración para la valoración del cumplimiento o no por parte de los Partidos Políticos para con la obligación referida? 3. En su caso, ¿Cuáles son los proyectos que pueden y deben realizarse para el debido cumplimiento de los mismos?”
IEE Hidalgo 17/09/2020 ““1. La forma en que serán reportados los insumos de sanidad, correspondientes a (cubre bocas, guantes, caretas, gel antibacterial, dosificador de sanitizante, líquido sanitizante, oxímetros, termómetros digitales. 2. ¿Se estaría incurriendo en una falta a los requisitos que debe de cumplir la propaganda de campaña, por el hecho de que los insumos de sanidad son totalmente desechables? 3. Si dichos insumos de sanidad deben ser reportados como gastos de campaña. Esto lo riere el Candidato Independiente solicitando se le informe si lo anterior tendrá impacto en el tope de gastos de campaña.”
IEE Baja California Sur 22/09/2020 “Conocer el estado de la solicitud realizada al DirectorEjecutivo de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE mediante oficio IEEBCS-SE-2242-2018 el cual fueturnado mediante correo electrónico por parte de la Secretaría Ejecutiva para que éste a su vez, informe alServicio de Administración Tributaria los montos del remanente no ejercido que no fueron reintegrados por losotrora candidatos independientes que participaron en el Proceso Local Electoral 2017-2018, con la finalidad deque cuenten con los elementos necesarios a efecto de que dichos adeudos se clasifiquen y tengan tratamientode créditos fiscales, en específico lo relativo al importe de $29,272.02”
IECM 23/09/2020 “…Por tal motivo, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 86, fracciones I y XI del Código, le solicito su valiosa intervención para que el Instituto Nacional Electoral (INE), a través de las áreas competentes en la materia, puedan brindar orientación al referido Partido Político Local para agilizar el trámite del RFC, o bien, se propongan otras opciones viables para la recepción y manejo del financiamiento público a que tiene derecho dicho instituto político…”
IECM 05/10/2020 “… solicito su valiosa intervención para que el INE, a través de las áreas competentes, brinden la orientación y/o asesoría sobre la forma en la que la ciudadanía interesada pueda agilizar el trámite del RFC o, en su caso, se propongan otras opciones viables para que las personas aspirantes a una candidatura sin partido pueda recibir y manejar los recursos para la obtención del apoyo ciudadano, en tanto obtiene su alta en el SAT.”
IMPEPAC Morelos 06/10/2020 “…le solicito de la manera más atenta, gire instrucciones a quien corresponda para que en auxilio de este Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, sea notificado el acuerdo IMPEPAC/CEE/107/2020 al interventor designado por el INE para la liquidación del otrora Partido Encuentro Social. Adjunto al presente se anexa el acuerdo de referencia.”
IMPEPAC Morelos 06/10/2020 “…le solicito de la manera más atenta, gire instrucciones a quien corresponda para que en auxilio de este Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, sea notificado el acuerdo IMPEPAC/CEE/191/2020 al interventor designado por el INE para la liquidación del otrora Partido Encuentro Social.”
IMPEPAC Morelos 06/10/2020 “le solicito de la manera más atenta, gire instrucciones a quien corresponda para que en auxilio de este Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, sea notificado el acuerdo IMPEPAC/CEE/202/2020 al interventor designado por el INE para la liquidación del otrora Partido Encuentro Social.”
IMPEPAC Morelos 06/10/2020 “le solicito de la manera más atenta, gire instrucciones a quien corresponda para que en auxilio de este Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, sea notificado el acuerdo IMPEPAC/CEE/190/2020 al interventor designado por el INE para la liquidación del otrora Partido Encuentro Social.”
IMPEPAC Morelos 06/10/2020 “…le solicito de la manera más atenta, gire instrucciones a quien corresponda para que en auxilio de este Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, sea notificado el acuerdo IMPEPAC/CEE/201/2020 al interventor designado por el INE para la liquidación del otrora Partido Encuentro Social.”
CEEPAC SLP 20/10/2020 “…por este conducto le solicitamos nos tenga a bien informar si las siguientes cuentas bancarias que detallan a continuación se encuentran debidamente validadas por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, lo anterior derivado de este partido político nacional tiene derecho a recibir las prerrogativas económicas correspondientes al estado de San Luis Potosí, de acuerdo a la legislación aplicable, pero no presentó certificación de las mismas…”
IMPEPAC Morelos 21/10/2020 ““…le solicito atentamente que se turne la presente petición a las áreas atinentes con el propósito de que se valore la misma y se defina, en su caso, la fecha y hora en la que es posible que a las representaciones de los partidos políticos con registro local acreditados ante este órgano electoral, se les otorgue la asesoría o capacitación correspondiente, para que esta Consejera Presidenta les comunique lo conducente y, se recabe la información del número de asistentes y el total de partidos políticos con registro local interesados en participar, además de los que de viva voz lo han manifestado. Lo anterior, toda vez que se estima que la asesoría que se sirvan brindar a las representaciones de los institutos políticos con registro ante este órgano electoral redundará en el óptimo cumplimiento de sus obligaciones.”
IMPEPAC Morelos 23/10/2020 “””…le solicito de la manera más atenta, gire instrucciones a quien corresponda para que en auxilio del lnstituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, sea notificado en copia certificada el acuerdo IMPEPAC/CEE/107 /2020 al interventor designado por el INE para la liquidación del otrora Partido Encuentro Social. Adjunto al presente se anexa copia certificada del acuerdo de referencia.”” 1153 “”solicita conocer lo situación que guarda la solicitud realizada mediante oficio IMPEPAC/SE/881 /2020″””
IMPEPAC Morelos 25/11/2020 “a) El artículo 368, apartado 4 , de la LEGIPE establece que con la manifestación de intención se deberá acreditar su alta ante el Sistema de Administración Tributaria; en ese sentido, ante la imposibilidad de la ciudadanía morelense para obtener una cita en el SAT ¿Qué criterio tomará el INE respecto de las personas interesadas en participar en C.I. para Diputaciones Federales y que estén en el supuesto descrito?”
IEPC Durango 28/11/2020 ““1) El partido político MORENA debe presentar ante este Instituto Electoral Local, en su caso, los recibos por concepto del financiamiento público local, ¿es procedente que dichos recibos únicamente contengan la firma del referido delegado en funciones de Secretario de Finanzas en el Comité Ejecutivo Estatal? 2) ¿Con esa única persona que integra el Comité Directivo Estatal, es procedente otorgar los recursos que por concepto de financiamiento público local se tiene para dicho partido político, toda vez que las disposiciones de los recursos deben realizarse a través de firmas mancomunadas?”
IEPC Durango 04/12/2020 ““1. ¿Existe alguna información en el instituto Nacional Electoral (Unidad Técnica de Fiscalización), de la notificación de dichas multas, en el primer término, y en segundo y en su caso, del pago de las mismas, impuestas a los ciudadanos Juan Carlos Ríos Gallardo y Gerardo Pantoja Enríquez? 2. ¿Es procedente l registro de los citados ciudadanos como aspirantes a candidatos independientes y, en su caso, como candidatos independientes, en el presente proceso comicial, sin haber liquidado las multas señaladas?”
IMPEPAC Morelos 05/12/2020 ““…le solicito su apoyo y colaboración en el sentido de que nos indique que medidas ha tomado el instituto Nacional Electoral a efecto de garantizar el cumplimiento a estos requisitos, o así mismo las acciones que podríamos implementar de manera conjunta para salvaguardar las atribuciones de fiscalización del lnstituto Nacional Electoral, el derecho de los aspirantes a candidaturas independientes y el ejercicio de gasto de los partidos políticos de reciente creación en el Estado. Toda vez que, las y los aspirantes a una candidatura independiente, y los partidos políticos de reciente creación en el Estado, tienen la intención de cumplir con los requisitos de fiscalización, sin embargo, el problema de poder sacar una cita ante el Servicio de Administración Tributaria, escapa de su control, lo que les impide cumplir a cabalidad los requisitos de que se trata.”
IEPC Chiapas 16/12/2020 ““1. ¿Puede un Partido Político realizar el reintegro de financiamiento como remanente en este ejercicio fiscal 2020, por concepto de gasto ordinario y de actividades específicas; y a partir de cuándo puede hacerlo? 2. Independientemente del dictamen que emita la Unidad Técnica de Fiscalización sobre el origen, monto y destino de la utilización de los recursos asignados a un Partido Politice durante el ejercicio fiscal 2020, ¿Cuál sería el procedimiento para realizar el reintegro del remanente por conceptos de gasto ordinario y de actividades específicas de las prerrogativas correspondientes al año en curso, en este mismo ejercicio fiscal 2020?…”
IEE Hidalgo 24/12/2020 ““1. ¿Es legal y procedente para efecto del cumplimiento del requisito de la manifestación de intención y para efectos de la administración del financiamiento para las actividades que realice la o el aspirante durante la obtención del apoyo ciudadano, la de presentar acta constitutiva de una persona moral conformada en Asociación Civil, que haya sido utilizada en un proceso electoral local de Ayuntamientos anterior, y que ahora se pretenda postular a un Ciudadano distinto a una Candidatura Independiente a Diputado Local, bajo la misma A.C.? 2. ¿Es legal y procedente para efecto del cumplimiento del requisito de la manifestación de intención y para efectos de la administración del financiamiento para las actividades que realice la o el aspirante durante la obtención del apoyo ciudadano, la de presentar acta constitutiva de una persona moral conformada en Asociación Civil, que haya sido utilizada en un proceso electoral local de Ayuntamientos anterior, y que ahora se pretenda postular al mismo Ciudadano a una Candidatura Independiente a Diputado Local, bajo la misma A.C.?”
OPL
Fecha de recepción
Descripción
IEEBC Baja California 05/03/2020 “…la consulta sería, si es posible elaborar una adenda al Convenio General de Coordinación y Colaboración, y su Anexo Técnico correspondiente, con el objeto de poder utilizar el Listado Nominal de Electores Definitivo con fotografía, empleado durante la Jornada Electoral el pasado 02 de junio, con el fin de realizar el estudio estadístico previamente mencionada.”
IEE Coahuila 12/08/2020 ““Que, el Instituto Electoral de Coahuila está contemplando que, para el día de la Jornada Electoral, correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2020, se encuentre a disposición de la ciudadanía coahuilense una herramienta informática, en formato de app para dispositivos móviles, que, entre otras cosas, permita que las personas ubiquen la casilla en donde ejercerán su derecho al sufragio de manera libre y voluntaria. En ese orden de ideas, este Instituto pretende que, cuando se ingrese la clave de elector en el apartado que corresponda de la app, se despliegue la siguiente información… En virtud de lo expuesto y con fundamento en el artículo … … consulte al área o áreas atinentes del Instituto Nacional Electoral, si la información referida en los párrafos precedentes puede ser proporcionada para dicho propósito, con el fin de que ésta sea brindada a la ciudadanía coahuilense, el día de la Jornada electoral.”
IMPEPAC Morelos 03/11/2020 “…Si cuenta con las listas nominales de los municipios de Puente de Ixtla, Miacatlán y Tetela del Volcán, así como de los Municipios Indígenas de Xoxocotla, Coatetelco y Hueyapan, todos del estado de Morelos, y en dado caso de ser así, tenga a bien remitirlas a este Instituto Electoral.”
OPL
Fecha de recepción
Descripción
IETAM Tamaulipas 08/05/2020 ““…si corresponde a este Instituto acatar lo establecido dentro de la Sentencia SUP-JDC-421/2018, EMITIDA POR EL Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la cual declara la inaplicación del artículo 100, párrafo 2, inciso a), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, relativa a la parte “que no haya adquirido otra nacionalidad”. Lo anterior para el análisis de requisitos, tanto de los aspirantes a propuestas a Directores Ejecutivos y Titulares de Área, así como para la designación de las Consejeras y Consejeros Electorales Municipales y Distritales de la Entidad. Lo anterior, con la finalidad de atender las determinaciones emitidas por los altos Tribunales en materia Electoral…” “
IEPC Tabasco 16/10/2020 “…considerando que el proyecto de acuerdo fue rechazado, ya que la propuesta la emitió una comisión permanente sin facultades para ello; y, además, sin que el Consejo Estatal se pronunciará respecto a la idoneidad de la persona propuesta ¡Es posible que la Presidencia del Consejo proponga nuevamente a la misma persona?”
IEPC Guerrero 30/10/2020 ““1. ¿La plaza de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos del OPLE de Guerrero, se puede ocupar a través de la lista de reserva que se genere del Concurso Público 2020, del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema del OPLE de la plaza homologa de otra entidad federativa? 2. En caso de ser inviable el ocupar la plaza a través de lista de reserva, ¿Cuál es el procedimiento idóneo que se tendrá que realizar para cubrir la vacante de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos del OPLE de Guerrero?”
OPL
Fecha de recepción
Descripción
IEEBC Baja California 11/02/2020 “1. Si la suscrita en mi carácter de Interventora del otrora Partido Político Local Transformemos, puede prescindir de la certificación por parte de un auditor externo para efectos de presentar en tiempo y forma el Informe Anual correspondiente al ejercicio 2019, en el Sistema Integral de Fiscalización; toda vez que actualmente nos encontramos en la etapa de prevención y según lo establecido en el artpiculo 385, numeral 3 del Reglamento de Fiscalización, solo podrán efectuarse gastos relacionados con nominas e impuestos, de igual forma serán nulos los contratos realizados en el periodo de prevención.”
IEEH Hidalgo 21/02/2020 “…atentamente le solicito se consulte a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, si es procedente que el mencionado Partido Local está obligado a realizar la verificación del padrón durante el año 2020.”
IEEG Guanajuato 13/03/2020 ““1. ¿El partido político local Nueva Alianza Guanajuato podrá celebrar convenios de coalición en el proceso electoral local ordinario 2020-2021? Lo anterior, en relación con lo establecido en el artículo 85, numeral 4, de la Ley General de Partidos Políticos… 2. En el proceso electoral local ordinario 2020-2021, ¿el partido político Nueva Alianza Guanajuato podrá postular, bajo la modalidad de lección consecutiva, a las personas postuladas por el otrora partido político nacional Nueva Alianza en el proceso electoral 2017-2018 que resultaron electas?” “
IMPEPAC Morelos 23/03/2020 “…solicito su amable apoyo, para que el área atinente del Instituto Nacional Electoral informe a este Organismo Electoral quienes se encuentran registrados en los libros de los órganos directivos de los partidos políticos nacionales, como integrantes del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Morelos.”
IMPEPAC Morelos 27/03/2020 “¿Es procedente la prórroga solicitada por el Partido Nueva alianza Morelos para el cumplimiento relativo al proceso de verificación del padrón de afiliados de los Partidos Políticos locales?”
IEM Michoacán 25/04/2020 ““1. ¿Puede el Instituto Electoral de Michoacán no realizar la transefencia correspondiente al recurso que ha sido etiquetado para obtención al voto de los partidos políticos en el mes de diciembre y depositar la prerrogativa a los institutos políticos para ejercerlo en el mes de junio del 2021? 2. ¿El Instituto Electoral de Michoacán puede no realizar la transferencia del recurso asignado para la obtención del voto de los partidos políticos en el mes de diciembre de 2020 y entregarlo hasta el mes de enero de 2021? Con el fin de no incurrir con alguna falta al reglamento de fiscalización del INE. 3. En el supuesto que el Instituto Electoral de Michoacán tenga la obligación de depositarnos lo correspondiente a obtención del voto, ¿Podemos como partidos políticos retener el recurso asignado y comenzar a ejercerlo a partir del mes de enero de 2021 sin caer en alguna falta señalada en el artículo 222 bis numerales 1 y 2 del reglamento de fiscalización del INE?”Alcance “”El OPL remite codumentación ocn información adicional a CONSULTA/MICH/2020/2″”
IEE Baja California 17/07/2020 ““1. Conocer si se cuenta con nueva fecha límite establecida para la presentación del Informe anual, lo anterior toda vez que de acuerdo con lo establecido en el acuerdo INE/JGE45/2020 emitido por la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional, se estableció la ampliación de la suspensión de plazos. 2. Si la suscrita en mi carácter de Interventora del otrora Partido Político Local Transformemos, puede prescindir de la certificación por parte de un auditor externo para efectos de presentar en tiempo y forma el informe anual correspondiente al ejercicio 2019, en el Sistema Integral de Fiscalización; toda vez que actualmente nos encontramos en la etapa de prevención y según lo establecido en el artículo 385, numeral 3 del Reglamento de Fiscalización, solo podrán efectuarse gastos relacionados con nominas e impuestos, de igual forma serán nulos los contratos realizados en el periodo de prevención…”
IEE Nayarit 28/08/2020 “¿Resulta procedente reconocer dicha integracion y dejar sin efectos la integracion del organo directive estatal previamente acreditado?”
IETAM Tamaulipas 11/09/2020 “…En virtud de lo anterior y ante la existencia de dos momentos previstos en los puntos primero y segundo que anteceden; para que este Órgano Electoral acredite al Partido Político Nacional denominado “Partido Encuentro Solidario”, solicitamos se defina cual plazo se debe de atender, lo señalado en el Resolutivo DÉCIMO de la Resolución INE/CG271/2020 o el de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, correlativo con el establecido en el Acuerdo IETAM-A/CG-16/2020. Lo anterior a fin de no vulnerar derechos o prerrogativas a dicho Partido Político Nacional, en el ámbito local.”
IEE Campeche 14/09/2020 “¿Cuál sería el procedimiento a seguir por parte de este OPLE a que se refiere el punto DÉCIMO de la Resolución INE/CG271/2020 para la acreditación a nivel local en 10 días del Partido Encuentro Solidario?, toda vez que la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado de Campeche establece en el artículo 256 que cada Partido Político con registro acreditará por escrito, conforme a sus normas estatutarias, a un representante propietario y suplente para asistir a las sesiones del Consejo General, es por ello que es importante que el Partido Político nacional se presente ante este Instituto Local para acreditarse y proporcionar la información necesaria para los demás efectos legales y trámites correspondientes.”
IEPC Durango 14/09/2020 ““…se consulta lo siguiente: 1)¿El financiamiento público local que en su caso se otorgue al Partido Encuentro Solidario, se debe otorgar a partir de la fecha de registro como partido político nacional (cuatro de septiembre el año en curso)sic. O desde la fecha de su acreditación ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango? 2)¿Si fuera el caso de entregarse a partir de la acreditación ante este Instituto Electoral Local, en lo relativo a la ministración del mes de septiembre, se entregaría en su parte proporcional, desde la fecha de su acreditación y hasta los días que restan del mes de septiembre en curso, o, debe ser suministrado por ministración mensual, es decir, se le debe asignar financiamiento público local a partir del mes de octubre del año en curso?”
IEPC Guerrero 14/09/2020 “…se consulta si se considera viable aprobar su acreditación para que participe en el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, mismo que dio inicio el 9 de septiembre del año en curso, aún sin haber presentado la documentación que establece la normativa electoral local, dado el término establecido en el punto DÉCIMO de la Resolución INE/CG271/2020.”
IEE Baja California Sur 15/09/2020 ““…me permito consultar lo que a continuación se detalla: Si se remitirá a este Órgano Electoral la información antes mencionada, para efectos de la acreditación del registro del partido político Encuentro Solidario ante esta entidad o sí únicamente para dicha acreditación es necesaria la Resolución INE/CG271/2020 que fue enviada, lo anterior para efectos de dar cumplimiento al resolutivo diez. Lo anterior, toda vez la Ley Electoral del Estado de Baja California Sur no señala requisitos y procedimiento para la acreditación de partidos políticos nacionales ante este órgano electoral local y el plazo de diez días concluye el próximo 21 de septiembre de 2020. Aunado a lo anterior, me permito solicitar amablemente se remita a este Instituto, la certificación del órgano de dirección nacional debidamente acreditado en donde se señalen los nombres y cargos. Cabe señalar que, a la fecha en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, a la fecha no tiene conocimiento sobre la presentación de algún escrito de solicitud de acreditación de registro por parte del mismo Partido Encuentro Solidario. Resulta importante contar con la respuesta de esta consulta, toda vez que el plazo señalado en el párrafo tercero, de la página 195 de la Resolución INE/CG271/2020, establece que los Organismos Públicos deberán acreditar en un plazo que no exceda los diez días hábiles a partir de la aprobación de la multicitada Resolución.”
IEE Puebla 15/09/2020 ““…En este sentido, un aves que el OPL se haya pronunciado al respecto, en caso de ser procedente dicha acreditación, de conformidad con los artículo 52 de la LGPP y 47, párrafo tercero, del CIPEEP, referidos en los numerales 7 y 9 del presente documento, ¿el partido político de nueva creación “Partido Encuentro Solidario”, a qué prerrogativas tendrá derecho? Asimismo, ¿el “Partido Encuentro Solidario” en caso de obtener la acreditación respectiva ante el OPL, puede participar en el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2020-2021 en el estado de Puebla?”
IEE Campeche 17/09/2020 “De las organizaciones y resoluciones antes mencionadas ¿Cuáles fueron impugnadas? Lo anterior, en virtud de la elaboración del presupuesto de egresos del IEEC para el ejercicio fiscal del año 2021.”
CEEPAC SLP 18/09/2020 “Se informe a este Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana; la integración de los órganos directivos estatales de los partidos políticos nacionales, su vigencia para la cual fueron electos o designados, así como también si es el caso, de que sus dirigencias nacionales atrajeron sus funciones o han nombrado delegados con funciones de presidentes para el ámbito estatal.”
IEE Nayarit 01/10/2020 ““1. ¿Resulta procedente reconocer la integración referida en los puntos 1 y 2 antes señalados y dejar sin efectos la integración del órgano directivo estatal previamente acreditado? Lo anterior toda vez que, por tratarse de un cambio de integración de un órgano directivo estatal de un partido político nacional, este Instituto no cuenta con la atribución de revisar si dichas sustituciones que se pretenden acreditar, estuvieron apegadas a las normas aplicables, asimismo, es importante para este Órgano Electoral, verificar si se encuentran registradas en el libro respectivo.”
IEE Nayarit 09/10/2020 ““1. ¿Resulta procedente reconocer dicha integración y dejar sin efectos la integración del órgano directivo estatal previamente acreditada? Lo anterior toda vez que, por tratarse de un cambio de integración de un órgano directivo estatal de un partido político nacional, este Instituto no cuenta con la posibilidad de verificar si dicha sustitución de dirigente a nivel estatal que se pretende acreditar, estuvo apegada a las normas aplicables a nivel nacional”
IEE Querétaro 18/11/2020 ““a) ¿Qué procede si al vencimiento de los referidos términos, es decir, al 30 de noviembre de este año, este organismo público local no cuenta con la acreditación de representantes u órganos internos nacionales o estatales emitidos por el Instituto Nacional Electoral? b) ¿Este Instituto podría prorrogar el plazo de entrega del informe del proceso interno de selección de candidaturas, hasta en tanto los referidos partidos políticos remitan las certificaciones o determinaciones correspondientes emitidas por el Instituto Nacional Electoral?”
IEPC Jalisco 23/11/2020 ““…me permito consultar: 1. ¿Quién ostenta la Presidencia y en su caso, la Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional del partido político MORENA en la actualidad? 2. ¿Quién ostenta la Presidencia y en su caso, la Secretaría General del Comité Ejecutivo Estatal del partido político MORENA en el estado de Jalisco en la actualidad, ya sea como delegados de carácter temporal o definitivos? 3. Informe a esta Secretaría si tiene conocimiento o cuenta con registro de órganos partidistas internos, dentro de la estructura del Consejo Consultivo Estatal de Morena Jalisco, ya sean provisionales o permanentes.”
IEE Querétaro 12/12/2020 ““a) ¿Se debe entender como representante propietario o suplente ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro a la persona señalada como “representante provisional”? b) ¿Es posible acreditar a José Luis Aguilera Ortiz, como representante ante este Instituto, con base en la petición de los representantes ante el Instituto Nacional Electoral? c) ¿En archivos del Instituto Nacional Electoral obran documentos diversos a los señalados por este Instituto de los que se advierta que la representación del partido ante el Instituto Nacional Electoral tiene facultades para nombrar representantes ante los organismos públicos locales? d) Al considerar que para cuestiones deliberativas se requiere contar con facultades estatutarias ¿Cuáles serían los alcances del nombramiento de la persona señalada como “representante provisional”? e) ¿El partido político Fuerza Social por México cuenta con una estructura aprobada para los órganos estatales y nacionales?”
OPL
Fecha de recepción
Descripción
IEEBC Baja California 11/02/2020 “””1. Durante el proceso electoral local ordinario 2018-2019, la implementación del PREP Casilla local se llevó a cabo en los dispositivos móviles proporcionados por el INE a sus CAE, ¿para el proceso electoral local ordinario 2020-2021, está considerando por el INE la facilitación de los dispositivos móviles con los que cuenten sus CAE para la implementación del PREP Casilla que implemente el Instituto Estatal Electoral de Baja California? 2. De ser así. ¿Los CAE del INE, serán los responsables de tomar la imagen de las Actas de Escrutinio y Cómputo desde la casilla, a través de la aplicación PREP Casilla que implemente el Instituto Estatal Electoral de Baja California?”” “
IEC Coahuila 18/03/2020 “¿Es posible que la Cuarta Sesión Ordinaria del COTAPREP, programada para el próximo día 30 de marzo de 2020, se lleve a cabo con la asistencia física de dos de sus integrantes, mientras que los tres restantes, que radican en la Ciudad de México, lo hagan a través del uso de tecnologías de la comunicación?”
IEEBC Baja California 22/05/2020 ““1. Durante el pasado Proceso Electoral Local 2018-2019 las y los SE y CAE del INE realizaron la captura de la imagen de las AEC desde la casilla, ¿se tiene contemplado que para el Proceso Electoral Local 2020-2021, las y los SE y CAE del INE, lleven a cabo la captura desde la casilla de las imágenes de las 3 AEC de la elección local? 2. ¿El INE tiene contemplado que para el Proceso Electoral Local 2020-2021, se utilicen los dispositivos móviles que proporcione a sus SE y CAE para la captura desde la casilla de las imágenes de las 3 AEC de la elección local? 3. ¿Cuántos CAE tiene proyectado el INE para la elección concurrente en Baja California 2020-2021?” “
IEEQ Querétaro 03/06/2020 ““¿Es posible que, el Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares que integren los Organismos Públicos Locales, pueda conformarse con integrantes propietarios y suplentes? Considerando que los integrantes suplentes permitirán cubrir las ausencias de los propietarios para alcanzar el quórum legal requerido en las actividades que se lleven a cabo de manera Colegiada y que en ningún caso podrán actuar de manera simultánea.” “
CEEPAC SLP 01/07/2020 “…De la manera más atenta, solicitamos, indique(sic) a este Organismo los requisitos, costos y términos que se tendrían que cumplir y llevar a cabo para que el Instituto Nacional Electoral determine procedente ejercer la facultad de asunción parcial respecto a la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares en el Proceso Electoral 2020-2021 a celebrarse en el Estado de San Luis Potosí, para las elecciones de gubernatura, diputaciones locales y ayuntamientos.”
IEE Querétaro 04/11/2020 ““¿Las plantillas de base de la interfaz respecto al prototipo navegable del sitio de publicación que utilizó este organismo público local en el Programa de Resultados Electorales Preliminares durante el proceso electoral local 2017-2018, sufrirán alguna modificación para este proceso electoral local 2020-2021? En caso afirmativo, ¿podrían proporcionarnos las plantillas de referencia, a efecto de que la instancia responsable de este Instituto cuente con los elementos necesarios para su diseño y elaboración?”
IEE Hidalgo 02/12/2020 “¿el Instituto Nacional Electoral puede técnica y operativamente asumir en su caso la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares para el Proceso Electoral Local 2020-2021 en Hidalgo?”
OPL
Fecha de recepción
Descripción
IEPC Chiapas 13/01/2020 “¿Si es procedente que mediante la figura de compensación puede cubrirse el adeudo relacionado con el acuerdo INE/CG807/2016 a efecto que se compense, por ese monto, de la prerrogativa de actividades ordinarias permanentes del ejercicio fiscal 2018 que aún se adeudan a mi representada?”
IEPC Chiapas 13/01/2020 “…solicitud de intervención respecto a la vigilancia de las prerrogativas de los partidos políticos…”
IEPC Durango 07/02/2020 ““¿Es correcta la interpretación que realiza el Partido de la revolución Democrática en el sentido que la retención máxima de la ministración mensual del financiamiento no debe exceder el 25% (veinticinco por ciento)? O bien, ¿Es correcto aplicar cada una de las deducciones establecidas en el Considerando Décimo primero de la Resolución INE/CG465/2019 hasta alcanza(sic) un 50% (cincuenta por ciento) de la ministración mensual del cobro de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral y autoridades jurisdiccionales electorales del ámbito federal y local; así como para el registro y seguimiento del reintegro o retención de los remanentes no ejercidos del financiamiento público para gastos de campaña?” “
IEE Chihuahua 07/02/2020 “…analice la posibilidad de la reducción del porcentaje de sanción en la ministración mensual descrita en el inciso d del presente ocurso, para quedar reducida no en un 25% sino en un 15% por los motivos ya expuestos.”
OPLE Veracruz 06/03/2020 “¿Es factible ejecutar una a una las conclusiones sancionatorias impuestas como lo planteó la representación del Partido Acción Nacional en su medio de impugnación?; es decir, realizar únicamente la reducción del 25% de la ministración mensual del financiamiento público que le corresponde.”
IEM Michoacán 05/06/2020 ““1. Como se puede apreciar en su escrito, el partido refiere que no existe disposición jurídica que regule el cobro simultáneo de remanentes y multas y solicita que, en primera instancia, sea retenida la cantidad que liquide el remanente en cuestión y en un mes posterior (que sería el mes de julio, no agosto como lo dice el escrito) se proceda a reiniciar la ejecución del cobro de su sanción, en tal virtud es oportuno preguntar: ¿debe este organismo electoral local realizar las retenciones respectivas de su prerrogativa, en meses separados? o bien, 2. En el entendido que la multa en comento ha quedado firme en demasía y teniendo en cuenta lo establecido en el punto sexto, letra B, numeral 1, inciso b) de Los lineamientos para el registro, seguimiento y ejecución del cobro de sanciones impuestas por el instituto nacional electoral y autoridades jurisdiccionales electorales del ámbito federal y local; así como para el registro y seguimiento del reintegro o retención de los remanentes no ejercidos del financiamiento público para gastos de campaña… ¿Se puede realizar la reactivación del descuento por concepto de ejecución de sanción, en la misma ministración en la que se lleve a cabo la retención del monto que finiquita en su totalidad el reintegro del remanente, considerando que dicho monto apenas rebasa el 1% del total de la ministración mensual que por concepto de prerrogativa del financiamiento público para gasto ordinario recibe el citado instituto político?”
IEEG Guanajuato 10/06/2020 “…solicito su colaboración para conocer si legalmente es factible ejecutar la sanción económica impuesta en el procedimiento oficioso en materia de fiscalización de los recursos de los partidos políticos instaurado en contra del Partido de la Revolución Democrática identificado con el número de expediente INE/P-COF/UTF/195/2017/GTO, misma que se establece en la resolución INE/CG113/2020.”
IEPC Durango 04/07/2020 “¿Es correcto que este Instituto Electoral realice únicamente hasta el 25 por ciento de descuento de la ministración mensual que le corresponde al Partido Acción Nacional en el estado de Durango, como lo solicitan?, o se observa lo señalado en el Lineamiento Sexto, fracción B inciso b) de los Lineamientos para el registro, seguimiento y ejecución del cobro de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral y Autoridades Jurisdiccionales Electorales del ámbito federal y local, ya que estamos en los supuestos que señala que el OPLE deberá considerar que el descuento económico no puede exceder del 50% (cincuenta por ciento) del financiamiento público mensual que reciba el instituto político en la entidad para el desarrollo de sus actividades ordinarias; considerando en todo momento, que debe existir un conjunto de sanciones firmes pendientes de cobro por un importe superior al 50% del financiamiento público del partido político, éstas deberán ser cobradas conforme al orden en que quedaron firmes, en el entendido que no podrá descontarse un importe menor al equivalente al porcentaje antes mencionado, toda vez que dicho partido político tiene sanciones e importes pendientes de pago a la fecha…”
IEPC Jalisco 23/07/2020 “De acuerdo a lo indicado en el resolutivo sexto del acuerdo INE/CG118/2020, ¿Es necesario que este Instituto proceda al cobro de las sanciones impuestas al Partido Movimiento Ciudadano?”
IEE Querétaro 21/08/2020 ““…nos indique la forma de aplicar los recursos líquidos a que he hecho referencia, es decir: a. Si existe alguna prelación que se deba seguir en cuanto a las conclusiones contenidas en dicha resolución, considerando que como lo expone la liquidadora, no podrán cubrirse la totalidad de las sanciones impuestas. b. La forma de llevar a cabo el registro en el Sistema Informático de Sanciones. 2. Si es desahogar un procedimiento adicional derivado del monto que no podrá cubrirse con los recursos líquidos del otrora partido político.”
IEE Hidalgo 17/09/2020 ““1. Si las Resoluciones INE/CG244/2020 e INE/CG246/2020 fueron impugnadas y, de ser el caso, el estado procesal que actualmente guardan aquellas impugnaciones. 2. En su caso, tenga a bien informar, si las Resoluciones citadas se encuentran actualmente firmes.”
IEPC Durango 28/09/2020 “¿Es correcto que este Instituto Electoral realice únicamente, hasta el 5% por ciento de descuento de la ministración mensual que le corresponde al Partido de la Revolución Democrática en el estado de Durango, como lo solicitan?, o se observa lo señalado en el Lineamiento Sexto, fracción B inciso b) de los Lineamientos para el registro, seguimiento y ejecución del cobro de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral y Autoridades Jurisdiccionales Electorales del ámbito federal y local.”
IETAM Tamaulipas 26/11/2020 ““1.- ¿Es procedente legalmente que este Instituto Electoral Local realice el aplazamiento del cobro de muta correspondiente al mes de diciembre del 2020, para efecto de que sea depositado el monto total de la prerrogativa al Partido Revolucionario Institucional? 2.- Y en caso de que fuese afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, ¿Cuándo se aplicaría el cobro del mes de diciembre de 2020?”
OPL
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IEEBC Baja California 28/01/2020 ““¿En el supuesto de que el Consejo General no logrará aprobar la designación de la propuesta que hiciera el Consejero Presidente para ocupar la Titularidad del Departamento de Proceso Electorales, y se cumpliera el periodo por el que se puede ocupar una encargaduría de despacho -un año-, es posible que el Coordinador de Organización Electoral pueda seguir despachando como Encargado del despacho el Departamento de Procesos Electorales? Ahora, en caso de que la respuesta al planteamiento formulado fuera en sentido positivo ¿Existiría alguna consecuencia jurídica en relación con la plaza del SPEN del Coordinador de Organización Electoral nombrado como Encargado de Despacho?” “
IEPC Durango 03/03/2020 ““1) Nos indique ¿cuál es el procedimiento a seguir para poder realizar el cambio de adscripción del Miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional del OPLE de Zacatecas al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango? 2) ¿Cuál es el OPLE que debe iniciar el procedimiento y detonar el cambio de adscripción? 3) Las sugerencias o recomendaciones para llevar este procedimiento a buen puerto.” “
IEPC Jalisco 19/03/2020 ““1.- ¿Resulta válido que se nombre una persona encargado de despacho de una plaza que corresponde al Servicio Profesional y no realice las actividades del nombramiento correspondiente, sino que continúe realizando las relativas a la rama administrativa? 2.- Con la hipótesis planteada se puede dar por cumplido lo dispuesto por el artículo 535 del Estatuto del Servicio Profesional que a la letra dice: “Quienes sean designados como encargados de despacho recibirán las remuneraciones inherentes al cargo o puesto que ocupen y serán responsables del cabal ejercicio de su encargo.”” “
IETAM Tamaulipas 27/05/2020 ““1) El punto Sexto del citado Acuerdo, ¿Es aplicable a las Encargadurías de Despacho el sistema OPLE? 2) En caso de afirmativo a lo anterior, las disposiciones del citado Acuerdo, ¿Siguen vigentes?, a fin de que el personal del OPLE asignado como Encargado de Despacho Continúe con sus funciones sin la necesidad de realizar los trámites de renovación correspondientes. 3) A efecto de continuar con las actuales Encargadurías de Despacho de este OPLE y con la finalidad de atender los trámites de renovación en tiempo y forma, ¿Cuándo se debe continuar con los trámites de renovación de Encargadurías de Despacho? O en su caso, ¿Se atiende a lo dispuesto en el artículo 18 e los Lineamientos en la materia?” “
IMPEPAC Morelos 14/07/2020 “¿Es posible que el Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC), en cumplimiento a un mandato judicial del Tribunal Electoral del Estado de Morelos apruebe la declaratoria de URGENTE OCUPACIÓN de la plaza vacante correspondiente a la Coordinación de Participación Ciudadana del Servicio Profesional Electoral Nacional adscrita a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral, Educación Cívica y Participación Ciudadana, tomando en cuenta que la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral mediante Acuerdo INE/JGE74/2020 aprobó la emisión de la Convocatoria del concurso público 2020 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales y el concurso ya se ha iniciado?”
IEPAC Yucatán 17/11/2020 ““¿Es necesaria la Separación Temporal del cargo de los miembros del Servicio Profesional Electoral que se habiliten o comisionen para fungir como coordinadores distritales? O bien ¿Cuál sería el procedimiento institucional para la habilitación o comisión de los miembros del Servicio como coordinadores distritales, procurando la compatibilidad de las obligaciones propias del servicio con el desempeño de tales cargos?”
IEPC Guerrero 18/11/2020 “¿existe en dicha norma o en alguna que derive del mismo, algún requisito de inelegibilidad que deba ser incorporado al procedimiento de selección y designación de consejerías y secretarías técnicas dirigida a las o los miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema OPL?, ¿alguna de estas normas señala una prohibición para ser designados en los cargos de consejerías y secretarías técnicas de los Consejos Distritales Electorales, bajo la condición de una separación temporal?”
IEE Campeche 19/11/2020 “””1. Respecto al rubro Lider de equipo: En el OPL Campeche los directivos no pertenecen al Servicio Profesional Electoral Nacional. ¿Al ser líderes de equipo, de qué manera es la participación de los titulares en la logística y quién es el responsable de reportar la Meta en cuestión?2. Respecto al rubro Objetivo: En este caso, ocurre que los Comité Estatales o Municipales de los partidos políticos proyectan en sus instalaciones, para que sus militantes asistentes y puedan tomar el curso (TIPO CONFERENCIA). En este caso, no se podría determinar el número de personas que están presentes, por lo que ¿podría contabilizarse como una conexión aunque en realidad hay más personas presentes? 3. Respecto al rubro Criterio de eficiencia: Punto 3. Reporte de participación: informe intermedio con el avance al mes de diciembre de 2020… a) En el primer reporte en el corte establecido, ¿Se puede solo considerar la logística, el o los cursos a los Miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional impartidos por prte de la Coordinación de Educación Cívica del OPL, el diseño del banner, la elaboración de los oficios dirigidos a Partidos Políticos y Asociaciones Civiles, así como el diseño de constancia de participación?, si es el caso. b) La ejecución de los 5 talleres virtuales, Se podrá dar inicio a los cursos en el periodo de enero a marzo de 2021? Punto 4. Los participantes obtuvieron un promedio de calificación de 7 en una escala de 0 a 10. Al ser un taller virtual, ¿Es necesario que el soporte documental sea la aplicación de cuestionarios? En caso de ser necesario, ¿El número de participantes en línea debe corresponder el número de cuestionarios?”
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OPL Tamaulipas 17/08/2020 ““Primer Planteamiento. …¿el dictamen debe ser construido con las apreciaciones de los Consejeros Integrantes de la Comisión y someter a consideración el sentido que por mayoría prevalezca, o bien el dictamen debe ser una propuesta emanada de la presidencia de la comisión tomando en consideración las apreciaciones particulares de ésta? Segundo planteamiento. Es preciso señalar que las propuestas que se presentaron al pleno del Consejo General y que se remitieron a la Comisión, fueron para someter a ratificación a los titulares de las áreas ejecutivas y técnicas. Ahora bien, en el caso que la presidencia de la comisión no acompañe la propuesta, ¿se tendrá que presentar un dictamen de No Ratificación? O por el contrario, de ser el caso que la mayoría de los integrantes de la comisión respalden la propuesta, ¿se instruiría que se realizara un dictamen de ratificación para presentarla ante el Consejo General, para dilucidar si la ratificación la respaldan cinco consejeros? Tercer planteamiento. En caso de que no se apruebe, mínimo, por cinco votos de los Consejeros Electorales la designación de la propuesta, resulta claro que la Presidencia deberá presentar una nueva propuesta para desempeñar el cargo vacante, sin embargo, en el caso de las ratificaciones que no fueran aprobadas por la mayoría necesaria ¿cuál sería el mecanismo apropiado para rescindir la relación laboral?”
IEE Sinaloa 09/10/2020 “…si bien es cierto el título de la persona propuesta le fue expedido el 23 de junio de 2016, por las consideraciones expuestas y preceptos legales y reglamentarios antes citados, ¿Se puede nombrar por parte de esta Presidencia como encargado de despacho de la Coordinación de Organización al servidos público antes mencionado?”
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IEPC Durango 17/12/2020 ““1. En virtud de que los formatos de documentación electoral que se incorporan en la “Información para la y el Funcionario de Casilla. Elecciones Locales” y la “Información para la y el Funcionario de Casilla Especial. Elecciones Locales” no contendrán emblemas, sino figuras genéricas ¿Este Instituto puede incorporar en dichos materiales, los formatos de documentación electoral para la elección federal y la elección loca, aunque para el día 11 de enero de 2021 aún no se cuente con la validación de la documentación con emblema que se utilizará el día de la jornada electoral? 2. ¿La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del INE extenderá los plazos contenidos en los Criterios para la Elaboración de Materiales Didácticos y de Apoyo, para la entrega a la Junta Local Ejecutiva, para revisión y visto, los periodos de validación y las fechas límite de entrega de los materiales impresos a fin de que este Instituto y los proveedores encargados del suminitro de impresión, cuenten con plazos razonables? 3. En su caso, ¿qué fechas se estarán previendo para que los Organismos Públicos Locales desahoguen estas actividades? 4. En el supuesto de que la documentación electoral con emblema que se utilizará en las casillas el día de la jornada electoral en el Estado de Durango, sea validada en la fecha límite prevista por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del INE (05 de marzo de 2021), ¿La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del INE extenderá los plazos contenidos en los Criterios para la Elaboración de Materiales Didácticos y de Apoyo, para la entrega de los ejemplares impresos a la Junta Local Ejecutiva? 5. En su caso, ¿qué fecha se estará reviendo para que los Organismos Públicos Locales que se encuentren en ese supuesto, realicen la entrega de la documentación electoral muestra para simulacros y prácticas de jornada electoral a las Juntas Locales Ejecutivas?”
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IEE Baja California Sur 10/11/2020 ““Me refiero si este Instituto puede tomar la determinación mediante un Acuerdo del Consejo General, para facultar a la Dirección Jurídica adscrita a Secretaria Ejecutiva para que en lo sucesivo sea la instancia para la elaboración de los extractos necesarios de las resoluciones que emita el Instituto Nacional Electoral, y así dar cumplimiento al referido artículo 45 del Reglamento de Elecciones y con ello este Instituto se vería favorecido en el ahorro de dichas economías que solo generarían un gasto de 895.00 pesos por hoja. Ya que el costo promedio por publicar en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur de una resolución completa que conste de 80 a 90 hojas promedio generaría un gasto de aproximadamente 80,550 pesos por Resolución. Cabe señalar, que estos gastos no están presupuestados y el Instituto se vería en la necesidad de hacer reclasificaciones al mismo, con el fin de dar cumplimiento a la situación en comento.”
IEE Chihuahua 13/10/2020 ““I. ¿Es jurídicamente viable que quienes suscribimos convoquemos a sesión pública extraordinaria para la aprobación del Presupuesto de Egresos de este Instituto y el de Partidos Políticos y Candidaturas Independientes para el ejercicio fiscal del año 2021? II. De ser afirmativa la respuesta al cuestionamiento anterior, ¿puede acordarse entre los integrantes del Consejo Estatal con derecho a voz y voto quién conducirá los trabajos de dicha sesión y, en su caso, se hará cargo de las labores relativas al engrose y comunicación respectiva a la autoridad hacendaria local?”
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CEEPAC SLP 23/11/2020 ““…si bien el lineamiento de cuenta ya ha sido notificado a los representantes de los Partidos Políticos ante el Pleno de este Organismo, además de haberse publicado en el Periódico Oficial del Estado, solicitamos su valiosa colaboración a efecto de que se aclaren los efectos conducentes respecto a las fechas discrepantes a las gubernaturas de los partidos políticos, puesto que los mismos están realizando diversos eventos correspondientes al periodo de precampañas, a efecto de conseguir el apoyo de la militancia al interior de sus partidos y contender el próximo 6 de junio. …cabe señalar lo relativo al diseño e impresión de boletas electorales… …este término sería desfasado alrededor de treinta días, siendo que el tiraje más extenso es precisamente el de gubernaturas. Derivado de lo anterior, es necesario definir lo procedente en cuanto al calendario y procedimientos de sustitución de candidaturas y oportuna impresión de boletas electorales. Asimismo, agradecemos nos indique qué procedería en el caso de que se hubiese llevado a cabo la inscripción de precandidaturas de diferentes géneros ante los correspondientes partidos políticos previamente a la notificación de los lineamientos, así como la aproximación de plazos que se deberán determinar en caso de aprobarse procedente la reposición del procedimiento para garantizar la paridad en gubernaturas.”
IEE Campeche 01/12/2020 ““1.- En el numeral 8 de la directriz Octava señala que a más tardar 2 de abril de 2020, el Instituto Nacional Electoral dictaminará y enviará al OPL correspondiente el análisis sobre el cumplimiento del principio de paridad en la postulación de candidaturas a Gubernaturas, este OPL requiere contar con el Dictamen correspondiente mencionada para efectos de realizar el registro de candidaturas a Gubernatura el 28 de marzo en términos de lo ordenado en el Acuerdo CG/14/2020 intitulado ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR MEDIO DEL CUAL SE DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN INE/CG289/2020 DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL? 2.- ¿Es necesario contar con el Dictamen del análisis sobre el cumplimiento del principio de paridad en la postulación de candidaturas para que este OPL realice la sesión de registro de candidaturas a Gubernaturas?, en su caso, ¿Es necesario solicitar el Dictamen previamente? 3.- En su caso, ¿Será necesario aplazar las fechas de registro de candidaturas a Gubernaturas (mismas que fueron aprobadas por el Consejo General mediante el Acuerdo CG/10/2020 y confirmadas mediante el Acuerdo “
IETAM Tamaulipas 03/12/2020 ““Primero. ¿Este Órgano Electoral debe normar en sus Lineamientos de registro de candidaturas, la obligatoriedad para los partidos políticos nacionales con acreditación ante este Instituto, de presentar en la etapa de registro de candidaturas en el ámbito local el formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde se establezca que no se encuentran bajo ninguno de los supuestos señalados en el artículo 32 de los Lineamientos de violencia política contra las mujeres en razón de género? Segundo. De ser procedente lo anterior, ¿la no presentación de dicho formato por parte de los institutos políticos, implicaría la negativa de registro de la candidatura correspondiente, aún y cuando la presentación de este formato no se encuentre considerado en la legislación local? Tercero. El Lineamiento del INE vincula a los partidos políticos nacionales y partidos políticos locales, con fundamento en el mismo precepto legal, ¿se debe requerir la obligatoriedad de dicho formato a las candidaturas independientes en el ámbito local?”