Observación Electoral

 Es el derecho de las y los ciudadanos mexicanos, de presenciar y vigilar todos los actos que integran el proceso electoral.

Para participar, es necesario presentar una solicitud, individualmente o a través de una organización, ante la Presidencia del Consejo Local o Distrital que corresponda a su domicilio y, en su caso, al Organismo Público Local respectivo, anexando una copia de la credencial para votar.

Los requisitos para participar son:

  • Ciudadanía mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
  • No ser, ni haber pertenecido a dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los 3 años anteriores a la elección.
  • No ser, ni haber sido candidata o candidato a puesto de elección popular en los 3 años anteriores a la elección.
  • Asistir a la capacitación

Son prohibiciones de las y los observadores electorales:

  • Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, e interferir en el desarrollo de las mismas.
  • Hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de partido o candidato alguno.
  • Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.
  • Declarar tendencias sobre la votación.
  • Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidatos, posturas políticas o ideológicas relacionadas con la elección federal o local o cualquiera de las respuestas posibles a la consulta popular.